martes, 24 de noviembre de 2009

INFONAVIT

ABOGADOS!!! HACIENDO CUMPLIMIENTO CON LO DISPUESTO EN SU PROGRAMA, LES ANEXO SU SESIÓN DE BLOG NÚMERO DOCE, LA ACTIVIDAD A REALIZAR, SERÁ EL ANÁLISIS INTERPRETATIVO DEL PRESENTE TEMA, PARA APORTACIÓN EN CLASE A BASE DE LLUVIA DE IDEAS EL ALUMNO PUEDA CONTRIBUIR AL TEMA EXPUESTO EN CLASE.

ATTE.- LIC. VIOLETA C.R.


OBJETIVO.

EL ALUMNO CONOCERÁ, RECORDARÁ, ENTENDERÁ, ANALIZARÁ, ALGUNOS DE LOS DERECHOS Y CIRCUNSTANCIAS QUE EL TRABAJADOR PRESENTEA DURANTE EL TRAMITE DE SU CREDITO, AL IGUAL QUE CUANDO SE TIENE CARTERA VENCIDA Y SI REALMENTE TIENE DERECHO A PRORROGA RESPECTO A ESTA PRETACIÓN.

INFONAVIT.

En la hora actual, la seguridad social lucha contra los constantes embates del neoliberalismo, que buscan lucrar a toda costa con instituciones cuya esencia es el bienestar de la clase trabajadora y la preservación de nuestra soberanía. Así, frente a la corriente que busca su privatización y desmantelamiento, el pueblo exige la preservación de su esencia solidaria. El Infonavit no es ajeno a esta disyuntiva histórica; o se preserva como institución de seguridad social, o ahonda su carácter de negocio creciente para las constructoras y recuperadoras de crédito, abrigadas por el tráfico de influencias.

En este sentido, es absolutamente injusto e inconstitucional la venta de la cartera vencida que el Infonavit ha venido realizando a empresas privadas recuperadoras de créditos. Se despoja a los trabajadores de la relación jurídica contractual con el Infonavit, el único con el que el trabajador pactó el crédito, y por tanto el único legalmente legitimado para exigir el cumplimiento de tal contrato en caso de omisión de pagos por parte del trabajador, igualmente se le priva de las condiciones pactadas en dicho contrato en apego a la Ley del Infonavit. La consecuencia última que se busca es que al trabajador le sean arrebatados su crédito, su vivienda y las amortizaciones realizadas hasta ese momento al Instituto, condicionándose que el crédito del que ha sido despojado el trabajador, sea reotorgado y la vivienda vendida dos o más veces, como si este Instituto fuera un vulgar traficante de inmuebles, que busca en la venta múltiple de una sola vivienda, utilidades económicas y políticas ilegítimas.

La cartera vencida ha sido producto de la política económica neoliberal impuesta, ya que ha golpeado durante décadas el empleo y el salario, destacadamente fue resultado del llamado “error de diciembre” de 2004. Sin embargo, el problema también ha sido abonado por razones jurídicas. Veamos.

Para evitar que el trabajador caiga en cartera vencida, la Ley del Infonavit en su artículo 41 establece el derecho a la prórroga. Es decir, si el trabajador deja de tener ingresos salariales, podrá dejar de pagar el capital e intereses ordinarios hasta por un año, y hasta por un total de dos años durante la vigencia de su crédito. La procedencia de este derecho, actualmente, está sujeta a que el trabajador lo solicite dentro de los 30 días posteriores a que el trabajador quede privado de su trabajo.

Sin embargo, los trabajadores normalmente desconocen su derecho a la prórroga y, menos aún están enterados del plazo y de los requisitos y trámites necesarios para su ejercicio. Peor aún; los trabajadores que pretenden ejercer tal derecho ante el Infonavit, son sistemáticamente obstaculizados para ello, por lo que en la práctica derecho tan importante ha sido prácticamente anulado.

Por el contrario, ante la situación de creciente injusticia que sufren los trabajadores en materia de créditos Infonavit, deben tomarse las medidas para fortalecer tal derecho de prórroga. Para lo cual debe partirse del reconocimiento de la realidad de una relación de trabajo, especialmente en las circunstancias de una crisis económica ya añeja, que golpea a México. Con tal fortalecimiento del derecho de prórroga se protege la subsistencia del trabajador y su familia, que en caso de desempleo, se queda con pocos o casi nulos recursos, e igualmente se hace posible que el trabajador preserve su crédito y vivienda que le fueron otorgados, no como un regalo, sino después de un gran esfuerzo y de cubrir los múltiples requisitos previstos legalmente, además de conservarse con el carácter de amortizaciones del crédito, los pagos ya efectuados por el trabajador al Infonavit antes de quedarse sin ingresos salariales.

En la vida real de una relación de trabajo, ésta tiene vaivenes; se alternas periodos de empleo y de desempleo. Con mayor énfasis en la actualidad en que casi el 60% de los empleos generados son eventuales. El Derecho, con mayor razón el Derecho Social, no puede desconocer este estado de cosas, de otra manera se cae en un estado de cosas artificial e injusto.

Si no se respeta el derecho de prórroga, el otorgamiento de créditos para un número importante de trabajadores, sólo será un desplante político e inmoral, para llenar las cifras de las estadísticas y los bolsillos de las constructoras y del propio Instituto que se quedará con los descuentos enterados por el trabajador para el pago de su crédito, “a título de pago por el uso de la propia vivienda”.Ya que, en mayor o menor tiempo, al quedar desempleados, perderán su crédito y vivienda, si no quieren caer en las garras de las inescrupulosas empresas privadas, encargadas indebidamente del cobro del crédito, o de plano a las que ilegalmente se les ha rematado el crédito respectivo.

En base a lo argumentado, para dar debida operatividad y fortaleza a la prórroga, proponemos medidas indispensables. Primero, que el ejercicio del derecho de prórroga no dependa de los caprichos de la burocracia en turno del Infonavit ni del conocimiento o desconocimiento del trabajador sobre tan fundamental derecho, para lo cual la prórroga deberá operar automáticamente, tan luego el Infonavit no reciba el puntual pago del crédito otorgado al trabajador. Es decir, en la actualidad cuando el Infonavit deja de recibir las amortizaciones se presume la mala fe del trabajador y se le conceptúa en mora; conforme a nuestra propuesta se revertiría esta situación, ya que ante la falta de pago se partiría de que tal omisión es de buena fe por parte del trabajador, por causas no imputables al mismo, ya que la inmensa mayoría de los trabajadores, quiere pagar y preservar su patrimonio, normalmente su único patrimonio. Además de tomarse en cuenta que los descuentos para la amortización del crédito son realizados y enterados por el patrón, ya que no se trata de un pago directo a cargo del trabajador. Luego entonces, si el Instituto deja de recibir el crédito, se debe presumir en principio que el trabajador ha perdido su trabajo. Acto seguido, el Instituto deberá notificar al trabajador en su domicilio, es decir, en la vivienda que ha obtenido mediante crédito, la situación de que se ha dejado de percibir el pago de su crédito y, que en tal razón ha operado de manera automática la prórroga para el pago del crédito. Si el trabajador le señala que la omisión es imputable al patrón, pues el siguen el mismo trabajo o en cualesquiera otro, el Infonavit actuará en relación a tal patrón para cobrarle el descuento o los descuentos aplicados o que debió realizar sobre el salario del trabajador y que no recibió el Instituto. En tal situación, el Infonavit obtendrá el pago sin afectar al trabajador; obviamente, el término durante el cual el Infonavit cumpla con estos trámites no computarán dentro del plazo legal y limitado establecido para efectos de la prórroga, ya que el trabajador en ningún momento, estuvo privada de ingresos salariales. Si el trabajador, por el contrario manifiesta que en efecto ha sufrido el rompimiento de la relación de trabajo, la prórroga operada de manera automática por el Infonavit, continuara hasta que el trabajador reanude su trabajo, dentro de los plazos concedidos por la Ley del Infonavit. Complementariamente el Infonavit, deberá informarle al trabajador de la consagración legal de su derecho a la prórroga, de que ésta ya está operando de manera automática, salvo que tenga los recursos necesarios para seguir abonado el crédito, plazos máximos para la prórroga, y las consecuencias de la misma; igualmente el trabajador deberá ser enterado expresamente de tal derecho a la prórroga dentro del contrato de mutuo con interés y garantía hipotecaria que celebre con el Infonavit. Esto además de justo, respetará las garantías constitucionales que ordenan que nadie puede ser privado de un derecho, sin previa notificación y motivación por escrito y, en su caso previo juicio.

No es posible, que el Instituto esté en constante comunicación con las empresas sobre diferentes aspectos comenzando con la recaudación de las cuotas, y que prácticamente niegue toda relación e información con el trabajador, de los cuales recibe los recursos para el pago de los créditos. Son constantes las denuncias de los trabajadores, sobre el maltrato, desinformación y obstaculización que reciben cuando acuden a cualquiera de las oficinas del Infonavit.

Nuestras propuestas, además responden a la esencia de las instituciones como el infonavit, que deben tener un enfoque eminentemente social y humanista, lo que jamás debe ser desconocido por los intereses meramente financieros. Nunca hay que olvidar, que el Infonavit es una institución que encuentra su razón de ser en la seguridad social, cuyo origen es el artículo 123 Constitucional y la Ley Federal del Trabajo.

Finalmente, en cuanto a este punto, en la casi totalidad de los casos el trabajador, reconoce su adeudo con el Infonavit y está en la mejor disposición de cubrirlo, sólo quiere que se le dé el tiempo necesario, para resolver su situación y pagar con oportunidad al Instituto. En pocos casos, vamos a encontrar actitudes de mala fe. Es injusto, que mejor a los patrones se les den más facilidades para el entero de las aportaciones, siendo que es la parte económicamente más poderosa en el marco del contrato de trabajo.

En otro aspecto, proponemos, la ampliación del término para la prórroga. Los dos años que actualmente establece la Ley para los trabajadores para el caso de perder los ingresos salariales, parten de una realidad de mayor estabilidad laboral, pero sobre todo del predominio de empleos de planta. Esto ya no sucede actualmente, en que escasea el empleo, y predomina el empleo eventual e informal.

Pero sobre todo, este término partía de una vida del crédito de entre 14 ó 15 años. Siendo que en la Ley del Infonavit actualmente vigente la amortización del crédito cubre un término de 30 años. Me explico; antes el trabajador con pagar durante 14 ó 15 años su crédito Infonavit quedaba liberado del mismo. Considerándosele ya como dueño de su vivienda. En cambio con las disposiciones actuales el trabajador, debe pagar su crédito por un mínimo de 30 años. Justo es en armonía con lo anterior, que igualmente se duplique el plazo de duración del derecho de prórroga, del total de 2 años que comprende en la actualidad, a cuatro años. En tal virtud, en cada oportunidad de prórroga el trabajador podría acumular hasta dos años de liberación legal del pago de su crédito, y hasta un total de cuatro años, durante la vida del crédito.

Con esto fortalecemos a este derecho tan importante para el trabajador como lo es la prórroga, y de cuyo incumplimiento derivan nefastas consecuencias para el trabajador y el Infonavit, alimentándose la problemática de la cartera vencida. Quiero, precisar que estas medidas no sólo son en beneficio del trabajador, ya que se alejará la posibilidad de caer en mora, sino también en bien del Infonavit que así evita caer en pagos innecesarios a despachos privados y, en general a empresas privadas encargadas de la cobranza. Igualmente, se impedirán, actos de corrupción que se condicionan en el marco de la venta de la cartera vencida. Pero sobre todo, se pondrá fin a los constantes roces y desconfianza entre Instituto y trabajadores, cuya tutela debe ser la razón de ser de este Instituto, siendo indispensable la armonía entre ambas partes para el debido cumplimiento de las importantes tareas a cargo de este Instituto.

Como complemento indispensable, debe hacerse una reforma expresa a la Ley del Infonavit para prohibir la venta de la cartera vencida, o de cualquier otra medida que se traduzca en que el Instituto desconozca o subrogue su relación jurídica con los acreditados, y por tanto violente las condiciones acordadas contractualmente con el trabajador. Todo lo hasta aquí señalado se hace indispensable, ante el actual manejo del Infonavit. En que se le subordina a los intereses de lucro de las empresas constructoras y de la propia burocracia del Infonavit. Por lo que tal pareciera, que el trato actual a los trabajadores, no responde a errores, sino que estamos frente a una política de mala fe, para la que lo que menos interesa es la tutela de los intereses de los trabajadores y sus familias.

Lo dicho se podría redactar jurídicamente en los siguientes términos:

Cuando un trabajador hubiere recibido crédito del Instituto, tendrá derecho a que éste le otorgue a partir de la fecha en que haya dejado de percibir ingresos salariales, prórrogas en los pagos de amortización que tenga que hacer por concepto de capital e intereses ordinarios. Para tal efecto, en el momento en que el Instituto deje de recibir el pago del crédito respectivo operará de manera automática tal prórroga sin necesidad de previa solicitud de parte del trabajador, acto seguido el Instituto deberá notificar al trabajador esta situación, si el trabajador informa que ha dejado de percibir ingresos salariales, se ratificará la prórroga, salvo que el trabajador decida continuar con la amortización de su crédito; si contrariamente el trabajador señala causas imputables al patrón el Instituto actuará en consecuencia, y, procederá a dejar sin efectos la prórroga automática, por lo que en este segundo caso el tiempo invertido no se computará para efectos de la misma. La notificación y la respuesta del trabajador, a que se refiere este párrafo, deberán realizarse en plazos máximos de quince días hábiles.

Durante las prórrogas, los pagos de principal y los intereses ordinarios que se generen se capitalizarán al saldo insoluto del crédito.

Las prórrogas que se otorguen al trabajador de conformidad con el párrafo anterior, no podrán ser mayores de veinticuatro meses cada una, ni exceder en su conjunto más de cuarenta y ocho meses y terminarán anticipadamente cuando el trabajador inicie una nueva relación laboral.
En el contrato de mutuo con interés y garantía hipotecaria que celebre el Instituto con el trabajador acreditado, deberá informarse expresamente al trabajador sobre su derecho de prórroga y transcribirse en el mismo el artículo 41 de esta Ley.

El Instituto en ningún caso podrá vender la cartera vencida, ni realizar ningún otro acto que implique la subrogación del crédito a favor de terceras personas, tanto públicas como privadas. En caso contrario, la venta o acto relativo será nulo de pleno derecho, y los funcionarios y demás personas involucradas serán sancionadas como autores del delito de fraude equiparado; además deberán cubrir al trabajador por concepto de daños y perjuicios un monto que en ningún caso podrá ser inferior, al valor comercial de la vivienda obtenida por el trabajador con el crédito otorgado por el Instituto.

BIBLIOGRAFIA.

*DEBATE PARLAMENTARIO.
Lic. Norahenid Amezcua ÓrnelasAsesora del GPPRD, del área de Política Social

martes, 17 de noviembre de 2009

INFONAVIT

ABOGADOS HACIENDO CUMPLIMIENTO DE SU PROGRAMA LES ANEXO SU SESIÓN NÚMERO ONCE DE BLOG, LA ACTIVIDAD A REALIZAR SERÁ EL ESTUDIAR EL TEMA PARA QUE EN LA SESIÓN DE CLASE APORTEN DE MANERA DE LLUVIA DE IDEAS SUS OPINIONES Y COMPRENSIÓN DE LA MISMA, ASI COMO SUS DUDAS QUE GENERE DICHO TEMA.

ATTE.-

LIC. VIOLETA C.R.



OBJETIVO.

EL ALUMNO CONOCERÁ, COMPRENDERÁ LA VISIÓN, LA MISIÓN, LOS OBJETIVOS INSTITUCIONALES DEL INFONAVIT, ASI COMO SU HISTORIA Y LA ASAMBLEA GENERAL Y LAS BASES PARA DETERMINAR LAS ORGANIZACIONES DE TRABAJADORES Y PATRONES QUE DEBEN INTERVENIR EN LA DESIGNACIÓN DE LOS MIEMBROS DE LA ASAMBLEA GENERAL, PARA QUE CONOZCAN A QUE SE REFIERE Y DEDICA EL INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA PARA LOS TRABAJADORES.


INFONAVIT.

Visión

· Sobre el cimiento del tripartismo y la autonomía, contribuiremos al progreso de México siendo...
... la institución que materializa el esfuerzo de los trabajadores por incrementar su patrimonio y bienestar, al financiar sus requerimientos de vivienda en un entorno sostenible, propicio para desarrollar su potencial individual y en comunidad, mejorando así su calidad de vida.

Misión

Contribuir al bienestar de nuestros trabajadores y sus familias, al cumplir con la responsabilidad social que nos ha sido encomendada:
· Poniendo a su alcance productos de crédito e información que les permitan tomar la mejor decisión para satisfacer sus necesidades de vivienda y constituir un patrimonio familiar de acuerdo a sus intereses.
· Impulsando la creación de espacios habitacionales sustentables y competitivos que generen bienestar social, propicios para el desarrollo de comunidades más humanas y armónicas.
· Enriqueciendo el conocimiento de los trabajadores y sus familias en cuanto a: ahorro, crédito, patrimonio y retiro, y promoviendo una cultura sobre la importancia de vivir en comunidades que generen bienestar social y plusvalía.
· Otorgando rendimientos a su ahorro para mejorar su capacidad de compra o pensión.
Objetivos institucionales:

· Ser generadores de bienestar social, en comunidades competitivas y armónicas.
· Proveer financiamiento para satisfacer las necesidades de vivienda de los trabajadores derechohabientes y acreditados.
· Mejorar la calidad de vida de nuestros derechohabientes en un entorno sustentable en el que puedan desarrollar su potencial como individuos y ciudadanos.
· Beneficiar a los derechohabientes con rendimientos competitivos a sus ahorros.Asegurar viabilidad financiera a largo plazo.
· Incrementar recursos disponibles para la atención a los trabajadores.

HISTORIA DEL INFONAVIT

Origen y fundación del Infonavit

La creación del Infonavit es resultado de la evolución histórica que establece el derecho de los trabajadores a adquirir una vivienda digna que se remonta a los postulados básicos que recogiera el Constituyente de Querétaro en 1917 y que dan sus frutos el 5 de febrero cuando se promulga la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Se aprobó por unanimidad el Artículo 123, Fracción XII, Apartado A, donde se estableció la obligación de los patrones de proporcionar a los trabajadores habitaciones cómodas e higiénicas, obligación que no se hizo efectiva sino hasta 1971, después de más de 53 años de lucha por ese derecho.El 1° de mayo de 1971 las grandes centrales obreras demandaban ante el Ejecutivo Federal buscar vías para resolver los principales problemas nacionales. Días después se integra la Comisión Nacional Tripartita a cuya quinta Subcomisión se le encomienda el estudio del problema de la vivienda. El resultado de los trabajos de los representantes de los tres sectores de esa Subcomisión propusieron reformas a la Fracción XII del Artículo 123 y la Ley Federal del Trabajo, así como la expedición de una ley para la creación de un organismo tripartita que sería el encargado de manejar los recursos del Fondo Nacional de la Vivienda.

El Ejecutivo Federal presentó las iniciativas de reformas a la Constitución y a la Ley Federal del Trabajo de 1970; para el 14 de febrero de 1972 se publican en el Diario Oficial estas reformas propuestas por la Subcomisión de Vivienda; el 21 de abril, luego de ser aprobada, se promulga la Ley del Infonavit donde se establece que las aportaciones que el patrón haga a favor de sus trabajadores le dan derecho a obtener un crédito para vivienda o a la devolución periódica del fondo que se constituya, denominado de ahorro. El 24 de abril se publican en el Diario Oficial las reformas a la Ley Federal del Trabajo. La Asamblea Constitutiva del Infonavit se celebró el 1° de mayo de ese mismo año.

1972-1975

Periodo de formación

Durante los primeros cuatro años protagonizados por el primer director general del Instituto, Jesús Silva-Herzog Flores, se diseñó una estructura organizacional, se reclutó y seleccionó al personal idóneo y se elaboraron reglamentos, manuales, normas, políticas, proyectos, programas y todo lo necesario para responder al enorme reto. En ese lapso se logró la entrega de 88 mil créditos para igual número de viviendas cuya construcción requirió desde la selección y adquisición de los terrenos hasta los estudios preliminares, diseños urbanos y de vivienda, búsqueda y selección de constructores y el presupuesto, ejecución y supervisión de las obras. Como parte del proceso de descentralización de funciones, se instalaron delegaciones regionales en 10 estados y en el último año de ese periodo se inaugura el edificio sede en Barranca del Muerto.

1976-1988

Fortalecimiento financiero

Consolidación como institución de servicio social. En los siguientes 12 años, durante los cuales el Infonavit fue dirigido por José Campillo Sainz, un equipo de mujeres y hombres lucharon arduamente para vencer los retos de una economía en crisis recurrentes con inflaciones anuales que en ese periodo superaron casi tres veces los incrementos de los salarios mínimos. Sin embargo, el Infonavit se fue consolidando como un organismo cuyos recursos se destinaron al financiamiento de viviendas con las características físicas, ubicación y diseño que los trabajadores propusieron a través de sus representantes.La administración de Campillo Sainz optó por aplicar una política hacia los derechohabientes de menor salario. Se otorgaron 665 mil créditos. Para finales de 1976 ya se contaba con 10 delegaciones regionales. La unidad Río Tijuana fue una de las primeras en construirse en el país.

1988-1991

Un México en modernización y globalización

En ese periodo, Emilio Gamboa Patrón fungió como director general del Instituto. Se otorgaron 157 mil créditos y se invirtió en un inventario de reserva territorial, financiamientos aprobados y viviendas en proceso de construcción que garantizó la continuidad de los programas y se fortaleció la entrega de títulos de propiedad.

1991-1992

Transición y fortalecimiento financiero

Integración al SAR, consolidación como organismo fiscal autónomo e hipotecaria social. De esta etapa, que inició con el llamado Tren de Vivienda (no detener la marcha) y fue dirigida primero por Gonzalo Martínez Corbalá, se otorgaron 160 mil créditos y los recursos institucionales casi se duplicaron.

Durante una segunda fase de este periodo, lidereada por José Juan de Olloqui y Labastida, la integración de las aportaciones patronales a la cuenta individual del Sistema de Ahorro para el Retiro hizo necesaria una revisión total de la estructura financiera del Infonavit. Para tal fin y para ofrecer al trabajador la posibilidad de elegir la vivienda, además de transparentar el otorgamiento de los créditos, en febrero de 1992 fue necesario reformar sustancialmente la legislación del Instituto. Las metas de estas reformas residían en fortalecer sus finanzas, la recuperación total de los créditos y ofrecer al ahorro de los trabajadores rendimientos superiores a la inflación.

1993-1996

Consolidación y crecimiento

Inicio fructífero de las reformas de 1992. Los rendimientos de la Subcuenta de Vivienda fueron superiores a los que se ofrecieron en otros instrumentos de ahorro; se otorgaron más de 100 mil créditos anuales y se incrementó significativamente la recuperación de la cartera, rubro que en promedio significó un 33% de los ingresos, contra el 17% que había representado en los 15 años anteriores.Los recursos del Instituto se multiplicaron en más de 3.5 veces al pasar de 21 mil a cerca de 78 mil millones de pesos. Tres exdirectores generales llevaron a cabo esta labor: José Francisco Ruiz Massieu, Alfredo Phillips Olmedo y Arturo Núñez Jiménez.

1996-2001

Integración al nuevo sistema de seguridad social

Se realizaron reformas a la Ley del Infonavit. Alfredo Del Mazo González encabezó transformaciones y avances que culminaron en las reformas legales que entraron en vigor el primero de julio de 1997. Durante este periodo se diseñó el Plan Quinquenal 1995-2000 con el propósito original de ampliar la cobertura y mejorar la calidad de vivienda, además de procurar un adecuado desarrollo regional y la descentralización del ejercicio de los créditos para transparentar y hacer más equitativa su distribución.En esa etapa se reformaron las Reglas de Subastas y de Crédito para fomentar la oferta de viviendas de calidad más baratas y dar certeza y mayor transparencia a los derechohabientes en la obtención de créditos. Se buscaron nuevas fórmulas para potenciar los recursos institucionales y fomentar el ahorro como los programas de cofinanciamiento y de ahorro previo.Durante la gestión de Óscar Joffre Velázquez se diseñó el Plan Institucional 1997-2000 que contempló la triplicación de la cobertura nacional de los créditos con objeto de llegar a poblaciones nunca antes atendidas. Se procuró también que la acción institucional fuera regida por la demanda, más que por la oferta de vivienda. En esa etapa entraron en vigor las reformas para unificar procesos operativos con el IMSS y el Sistema Único de Recaudación (SUA). El Infonavit recibió recomendaciones de la SHCP y de la CNBV para afrontar el problema de cartera vencida y constituir reservas preventivas.En mayo de 1998 Luis de Pablo Serna tomó posesión como director general del Instituto. El esfuerzo de su administración se concentró en hacer más eficiente al organismo, resolver el problema de la cartera vencida y promover la reactivación de la construcción de vivienda social. Se estableció el Compromiso por la Vivienda con los promotores y desarrolladores de vivienda para impulsar la generación de oferta habitacional para los trabajadores y agilizar y simplificar los trámites y procedimientos del Infonavit con miras a ampliar significativamente la dotación de créditos. Se entregó el crédito dos millones

2001

La búsqueda de un Infonavit de clase mundial

Víctor Manuel Borrás Setién asume la Dirección General del Infonavit y desde entonces el propósito de la Administración ha sido el fortalecimiento financiero del Instituto a través de una política eficiente en la recuperación de la cartera vencida, una mayor actividad de fiscalización y la búsqueda de alternativas que permitan potenciar los recursos del organismo. También ha sido prioridad de esta Administración brindar mayor transparencia hacia los trabajadores acercando a ellos los servicios que presta la institución a través de las más avanzadas tecnologías para hacer más eficientes los procesos internos y para resolver sus necesidades en sus propios centros de trabajo a través de internet y la telefonía.Se redefinieron la Misión, Visión y Objetivos Institucionales y se consolidaron alianzas con proveedores y actores clave del país para generar sinergias en apoyo a la estrategia institucional, se llevó a cabo el lanzamiento del Programa Apoyo Infonavit, al amparo del Artículo 43 Bis de la Ley del Infonavit, se presentó el Nuevo Portal Infonavit y se integró toda la información sobre casas y departamentos en venta de Sedesol, Infonavit, Fovi, Fovissste y Fonhapo en una bolsa de vivienda de interés social, accesible al público en forma gratuita a través del sitio www.micasa.gob.mx.

2002-2003

Se abrieron los Centros de Servicio Infonavit (Cesi´s), se inauguró el Centro de Atención Telefónica Infonatel y para diciembre se otorgó el crédito 275 mil, la meta anual más alta en la historia del Infonavit. Los créditos otorgados de 1972 a 2002 superaron los 2,600,000.Asimismo, se proyectaron los rendimientos a la Subcuenta de Vivienda y para renovar los sistemas tecnológicos se implantó el ALS (Sistema de Administración de Cartera) para mejorar la administración del portafolio hipotecario; también se implementó el Programa de Vivienda Económica para trabajadores con ingresos hasta tres veces el salario mínimo mensual del Distrito Federal (VSMDF) y para atender a derechohabientes con salarios superiores se firmaron convenios con entidades financieras con la finalidad de que con la garantía de la Subcuenta de Vivienda se otorgaran créditos para la adquisición de una vivienda con valor hasta de $859,560. El Portal del Instituto en Internet registró más de 36.6 millones de transacciones de negocio y de información y por conducto de Infonatel se atendieron 550 mil llamadas en promedio mensual. Se instalaron 80 kioscos en toda la república. Para ampliar la capacidad operativa y promover la especialización se establecieron alianzas estratégicas con una amplia red de proveedores externos especializados -el Infonavit Ampliado.

2004

La adopción de criterios internacionalmente aceptados tanto para el otorgamiento de créditos como para su administración permitió las exitosas colocaciones de Certificados de Vivienda (Cedevis) con lo cual se abrió una fuente alterna para la captación de recursos que se consolidó al año siguiente. También se puso en marcha el Nuevo Modelo de Origización de Crédito mediante el cual la capacidad del Infonavit se multiplicó para desahogar el creciente volumen de operaciones, sin impactar su estructura de gasto. Se entregó el crédito tres millones en la historia del Instituto y hacia el cuarto trimestre de ese año se lanzó el producto crediticio en cofinanciamiento Cofinavit.

2005

El proceso de planeación y trabajo que se inició en 2001 se cristalizó con el cumplimiento anticipado de metas que se había propuesto alcanzar en 2006. Durante el primer semestre de ese año el Congreso de la Unión realizó una serie de reformas que contribuirían a consolidar lo logrado: mayor supervisión por parte de agentes especializados; mayor institucionalización en la toma de decisiones vía la adopción de las mejores prácticas mundiales en los procesos inherentes a los órganos de gobierno del Instituto; refrendo de la obligación de dar cumplimiento al derecho ciudadano de tener acceso a la información en poder del Infonavit e informar al Congreso de la Unión sobre el estado que guarda su situación patrimonial, financiera y operativa. También, con base en estas reformas, la Asamblea General del Instituto aprobó los planes de trabajo con un horizonte a cinco años, mismos que se renovarán anualmente y darán la certidumbre a largo plazo que requieren los derechohabientes y el sector de la vivienda en el país.

2006

El Infonavit avanzó con firmeza hacia la consolidación de los procesos de cambio emprendidos años atrás. Con la visión de metodologías de vanguardia se elaboró el Mapa Estratégico que estableció objetivos de largo plazo, cuya consecución se basó en la administración de proyectos para cumplir la Misión institucional y alcanzar la Visión que se ha trazado.421 mil trabajadores ejercieron un crédito ese año y se alcanzó una cifra histórica por quinto año consecutivo. Igual sucedió con el pago de rendimientos al ahorro de los derechohabientes que para ese año fue de cuatro puntos porcentuales por arriba de la inflación.Con la finalidad de apuntalar cambios cualitativos de gran trascendencia se inició el proceso para certificación de asesores de crédito que a partir de 2008 es obligatoria. Se consolidó el Modelo de Cobranza Social mediante el cual se ofrecieron múltiples alternativas de solución para los acreditados que presentaban problemas de pago; se superaron 250 mil reestructuras de crédito y se mejoró la calidad del portafolio hipotecario que se ubicó, por primera vez desde que se mide este indicador, por debajo de 5%. Con estos datos el Infonavit refrendó su participación como la principal fuente de financiamiento hipotecario del país y rindió buenas cuentas como administrador de la tercera parte de los recursos del Sistema de Ahorro para el Retiro.Para finales del sexenio se obtuvo la certificación ISO 9000 de algunos de los procesos de Cartera, Crédito y Control de Gestión, la Certificación ISO 9001-2000 del Infonatel y la obtención de la calificación mxAAA/mxA-1+ otorgada por la agencia internacional Standard & Poor´s; se rediseñó el Registro Único de Vivienda (RUV)para consolidar en una sola herramienta la oferta nacional de vivienda, se desarrolló el Índice de Calidad Infonavit (Icavi) y se logró llegar a la cifra de cuatro millones de créditos.

2007

Es resultado de las estrategias y los cambios operativos implantados, anclados fuertemente en la misión social que le ha sido encomendada al Instituto y que le han permitido garantizar la solvencia financiera y transformar a la organización de manera sustentable. A partir del 2001 el Infonavit ha tenido un crecimiento acelerado en muchos sentidos, de diciembre de 2000 a septiembre de 2007 se otorgaron 4, 496,025 créditos. Los ingresos totales han crecido a una tasa anual promedio acumulada de 18.4% y se ha diversificado la fuente de los mismos con una dependencia menor de las aportaciones patronales que han pasado del 61% al 36% de los ingresos totales en ese periodo. n proyecto en constante mejora que habrá de convertirse en un impulsor para profundizar la competitividad del sector. La remuneración a la Subcuenta de Vivienda se ha duplicado en términos reales desde diciembre del 2000 otorgando ahora un rendimiento real del 4%. Todo ello ha permitido pasar de originar 250,510 créditos anuales en 2000 a 500,000. Los créditos otorgados de 1972 a 2007 superan los 4, 496, 025. Durante los últimos años el Instituto ha alcanzado niveles de rentabilidad, eficiencia, solvencia financiera y calidad en el servicio comparables a los de cualquier empresa privada, mientras que ha acrecentado su sentido social al dirigir su programa de crédito para atender a trabajadores de menores ingresos. Sin duda, el Infonavit ha refrendado su papel como principal fuente de financiamiento hipotecario del país y ha rendido buenas cuentas como administrador del Sistema de Ahorro para el Retiro.Los retos a futuro implican un crecimiento aún mayor manteniendo los resultados alcanzados. El periodo 2008-2012 se alinea a un eje rector que permitirá el crecimiento sustentable con énfasis en la calidad por el doble rol encomendado: facilitar el acceso a la vivienda digna y accesible de los trabajadores y remunerar el ahorro de los derechohabientes que no optan por un crédito. Ese eje rector ayudará al Infonavit a elevar los niveles de calidad en:

· Los procesos sustantivos
· La atención y servicios ofrecidos a derechohabientes y acreditados
· La oferta de vivienda accesible
· Los activos financieros originados
· La gestión financiera para el ejercicio del doble mandato institucional, de manera sustentable

2008

El Infonavit otorgó 494 mil 73 préstamos, la cifra más alta en su historia que superó en 7.71% lo realizado en el 2007. Este resultado significó el 98.8% de la meta de 500 mil préstamos prevista para el ejercicio. Al cierre del año se tenían, además, recursos autorizados para 34 mil 185 créditos que se encontraban en proceso de escrituración y que se formalizarían en las próximas semanas. El total de Cartera llegó a los 592 millones 926 mil pesos lo que significó el 100% y en Recaudación Fiscal se obtuvieron 5,894 millones de pesos equivalentes al 109.98% con respecto a la meta anual. Así, entre diciembre de 2006 y diciembre de 2008, a dos años del inicio de la administración del presidente Felipe Calderón, el Infonavit otorgó más de un millón de préstamos y generó una derrama económica del orden de 280 mil millones de pesos. Con este resultado prácticamente se duplicó el número de préstamos ejercidos en el mismo período del sexenio anterior y se triplicó el monto de la inversión.

El Instituto se sumó a la Estrategia Nacional de Cambio Climático y presentó su Programa Hipoteca Verde para la adquisición de viviendas ecológicas; para ello, se suscribieron convenios con la Comisión Nacional para el Ahorro de Energía (CONAE), el Fideicomiso para el Ahorro de Energía (FIDE) y la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), entre otros, y se firmó el acuerdo de colaboración con el Conapred (Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación) mediante el cual el Infonavit estableció condiciones para un desarrollo equitativo de sus trabajadores conforme a principios de igualdad, de no discriminación y una vida libre de violencia.

En la encuesta de clima laboral realizada por Great Place To Work “Las 100 mejores empresas para trabajar en Latinoamérica”, el Infonavit se ubicó dentro de las 20 mejores con más de 2 mil 500 empleados registrados. Para cerrar el año, la Asamblea General aprobó la nueva Visión institucional que regiría el trabajo en los próximos años y que se basaría en tres líneas estratégicas: mejores viviendas, mejores entornos urbanos y mejores comunidades.

MIEMBROS DE LA ASAMBLEA GENERAL.

La Asamblea General es la autoridad suprema del Infonavit. Está integrada en forma tripartita por 45 miembros: 15 designados por el Ejecutivo Federal, 15 por las organizaciones nacionales de trabajadores y 15 por las organizaciones nacionales patronales.
Por cada miembro propietario hay uno suplente. Los cargos duran seis años y los miembros pueden ser libremente removidos por quien los designó. Las bases para determinar las organizaciones nacionales de trabajadores y patrones son fijadas por el Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social. La Asamblea General debe reunirse dos veces al año, cuando menos.

BASES PARA DETERMINAR LAS ORGANIZACIONES DE TRABAJADORES Y PATRONES QUE DEBEN INTERVENIR EN LA DESIGNACIÓN DE LOS MIEMBROS DE LA ASAMBLEA GENERAL

ACUERDO mediante el cual se modifican las Bases para determinar las organizaciones nacionales de trabajadores y patrones que deben intervenir en la designación de los miembros de la Asamblea General del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría del Trabajo y Previsión Social.

JAVIER LOZANO ALARCON, Secretario del Trabajo y Previsión Social, con fundamento en los artículos 7º y 8º de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, y CONSIDERANDO

Que el 25 de abril de 1972 fueron publicadas en el Diario Oficial de la Federación las Bases para determinar las organizaciones nacionales de trabajadores y patrones que deben intervenir en la designación de los miembros de la Asamblea General del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores;

Que las referidas Bases han sido modificadas mediante publicaciones hechas en el Diario Oficial de la Federación los días 11 de abril y 8 de octubre de 1984, así como el 17 de abril de 1996;

Que es conveniente adecuar la forma de integrar la representación patronal ante la Asamblea General del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, en atención a su membresía, y Que con el propósito de facilitar su aplicación, es necesario contar con un sólo instrumento que integre el texto de las Bases y sus respectivas modificaciones, he tenido a bien expedir el siguiente

ACUERDO

ARTICULO ÚNICO. Se modifican las “Bases para determinar las organizaciones nacionales de trabajadores y patrones que deben intervenir en la designación de los miembros de la Asamblea General del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores”, publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 25 de abril de 1972, para quedar en los siguientes términos:

“BASES PARA DETERMINAR LAS ORGANIZACIONES NACIONALES DE TRABAJADORES Y PATRONES QUE DEBEN INTERVENIR EN LA DESIGNACION DE LOS MIEMBROS DE LA ASAMBLEA GENERAL DEL INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA PARA LOS TRABAJADORES

PRIMERA. La Secretaría del Trabajo y Previsión Social, con fundamento en los artículos 7º y 8º de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, establece las bases para señalar las organizaciones nacionales de trabajadores y patrones que debe intervenir en la designación de los miembros de la Asamblea General y el número de representantes que a cada una corresponde atendiendo a su membresía.

SEGUNDA. Dichas organizaciones deberán cumplir con los siguientes requisitos:

I. Estar registradas ante las autoridades correspondientes, y
II. Que sus afiliados sean titulares de depósitos constituidos en el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, en el caso de organizaciones de trabajadores, o que estén obligados a hacer aportaciones al Fondo Nacional en el caso de organizaciones de patrones.

TERCERA. Los quince representantes de las organizaciones nacionales de trabajadores ante la Asamblea General del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, serán designados en la forma siguiente:

I. La confederación nacional mayoritaria de trabajadores designará ocho miembros;
II. La confederación nacional de trabajadores que le siga en número de afiliados designará dos miembros;
III. Las dos confederaciones nacionales de trabajadores que le sigan en número de afiliados designarán un miembro por cada una, y
IV. Tres sindicatos nacionales que no estén afiliados a ninguna de las confederaciones nacionales a que se refieren las fracciones anteriores, designarán un miembro por cada una.

CUARTA. Los quince representantes de las organizaciones nacionales de patrones ante la Asamblea General del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, serán designados en la forma siguiente:

I. La organización nacional de industriales constituida de acuerdo con la ley, designará seis miembros;
II. La organización nacional de comerciantes constituida de acuerdo con la ley, designará seis miembros, y
III. La organización sindical mayoritaria de patrones, designará tres miembros.

QUINTA. Para ser miembro de la Asamblea General se requiere:

I. Ser ciudadano mexicano por nacimiento;
II. Ser persona de reconocida honorabilidad;
III. Estar al corriente del cumplimiento de las obligaciones que tenga con el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, y
IV. No tener un posible conflicto de intereses entre las actividades profesionales que desarrolla y las actividades del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores.

SEXTA. La Secretaría del Trabajo y Previsión Social calificará las designaciones de los representantes. Cuando alguna de las personas designadas no cubra los requisitos de elegibilidad, la Secretaría lo notificará a la organización correspondiente para que proceda a realizar una nueva designación.

SÉPTIMA. En caso de que alguna de las organizaciones de trabajadores o de patrones no hagan la designación de sus representantes con toda oportunidad, la Secretaría del Trabajo y Previsión Social hará la designación, entre las personas que pertenezcan al sector que corresponda.

OCTAVA. Ocho días antes de la fecha en que haya de renovarse la Asamblea General del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, la Secretaría del Trabajo y Previsión Social publicará en el Diario Oficial de la Federación y en tres periódicos de circulación nacional, la relación de las organizaciones de trabajadores y de patrones que deban hacer la designación de miembros de dicha Asamblea, atendiendo siempre a las mayorías que se desprendan de los registros correspondientes.

NOVENA. A partir de la publicación de la relación a que se refiere la Base anterior, las organizaciones registradas contarán con tres días para presentar reclamaciones sobre inclusiones o exclusiones en dicha relación. A la reclamación se deberá acompañar las pruebas documentales que se estimen pertinentes.
La Secretaría resolverá lo procedente dentro de los tres días siguientes, oyendo a la organización que pudiera resultar afectada. La resolución que al efecto se dicte se publicará en el Diario Oficial de la Federación.

DÉCIMA. Las organizaciones de trabajadores y de patrones que la Secretaría del Trabajo y Previsión Social hubiere señalado con derecho a nombrar representantes, harán los nombramientos correspondientes dentro de los tres días siguientes a aquél en que se publique la relación a que se refiere la Base Octava.

DÉCIMA PRIMERA. Antes de la fecha en que deba renovarse la Asamblea General, la Secretaría del Trabajo y Previsión Social publicará en el Diario Oficial de la Federación los nombres de los representantes designados, citándolos para la primera reunión de la Asamblea renovada.

DÉCIMA SEGUNDA. La Secretaría del Trabajo y Previsión Social comunicará los nombramientos al Instituto y, previa citación de los interesados por éste, hará la instalación de la Asamblea General.

DÉCIMA TERCERA. Las vacantes de los representantes de las organizaciones de trabajadores y de patrones se cubrirán por las organizaciones a quienes correspondió la designación respectiva, o por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, si no se hiciere esa designación o hubiere desaparecido la organización interesada.

DÉCIMA CUARTA. La Secretaría del Trabajo y Previsión Social podrá modificar cualquiera de las presentes Bases, cuando cambien las circunstancias que consideró para establecerlas; asimismo, será la instancia para resolver las situaciones que pudieran surgir con motivo de la aplicación de las mismas.

DÉCIMA QUINTA. Los plazos y términos a que se refieren las presentes Bases, se computarán en días naturales.”

TRANSITORIOS

PRIMERO. El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

SEGUNDO. Quedan sin efectos las Bases para determinar las organizaciones nacionales de trabajadores y patrones que deben intervenir en la designación de los miembros de la Asamblea General del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, publicadas en el Diario Oficial de la Federación 25 de abril de 1972, y sus respectivas modificaciones, publicadas en el referido órgano de difusión del gobierno federal los días 11 de abril y 8 de octubre de 1984, así como el 17 de abril de 1996.

Dado en la Ciudad de México, Distrito Federal, a los treinta y un días del mes de marzo de dos mil ocho.- El Secretario del Trabajo y Previsión Social, Javier Lozano Alarcón.- Rúbrica.

BIBLIOGRAFÍA

Fuentes: Informe Anual de Actividades, 1972-2006
Infonavit 15 Años
Diálogos Infonavit 30 años
El proceso de modernización en el Infonavit 2001-2006
Revista Informavit, 1973-2006

martes, 10 de noviembre de 2009

ORGANISMOS DE SEGURIDAD SOCIAL

ABOGADOS!!! HACIENDO CUMPLIMIENTO CON LO DISPUESTO EN SU PROGRAMA, LES ANEXO SU SESIÓN DE BLOG NÚMERO DIEZ, LA ACTIVIDAD A REALIZAR, SERÁ EL ESTUDIAR EL TEMA PARA QUE APORTEN SUS OPINIONES EN LA EXPLICACIÓN DE LA CLASE, LO COMPRENDIDO Y LAS DUDAS QUE LE GENERÓ DICHO TEMA.

ATTE.- LIC. VIOLETA C.R.
OBJETIVO.
EL ALUMNO CONOCERÁ, RECORDARÁ, ENTENDERÁ, ANALIZARÁ, LA CREACIÓN, ASI COMO SU ADMINISTRACIÓN, SU FORMACIÓN, LOS PLANMES Y TODO LO RELACIONADO CON ESTA INSTITUCIÓN DE SEGURIDAD SOCIAL.
ISSSTE.
Fundamento constitucional Artículo 123 apartado B.
ARTICULO 123. TODA PERSONA TIENE DERECHO AL TRABAJO DIGNO Y SOCIALMENTE UTIL; AL EFECTO, SE PROMOVERAN LA CREACION DE EMPLEOS Y LA ORGANIZACION SOCIAL PARA EL TRABAJO, CONFORME A LA LEY.
EL CONGRESO DE LA UNION, SIN CONTRAVENIR A LAS BASES SIGUIENTES, DEBERA EXPEDIR LEYES SOBRE EL TRABAJO, LAS CUALES REGIRAN:
A.-….
B.- ENTRE LOS PODERES DE LA UNION, EL GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL Y SUS TRABAJADORES:
I.- LA JORNADA DIARIA MAXIMA DE TRABAJO DIURNA Y NOCTURNA SERA DE OCHO Y SIETE HORAS, RESPECTIVAMENTE. LAS QUE EXCEDAN SERAN EXTRAORDINARIAS Y SE PAGARAN CON UN CIENTO POR CIENTO MAS DE LA REMUNERACION FIJADA PARA EL SERVICIO ORDINARIO. EN NINGUN CASO EL TRABAJO EXTRAORDINARIO PODRA EXCEDER DE TRES HORAS DIARIAS NI DE TRES VECES CONSECUTIVAS;
II.- POR CADA SEIS DIAS DE TRABAJO, DISFRUTARA EL TRABAJADOR DE UN DIA DE DESCANSO, CUANDO MENOS, CON GOCE DE SALARIO INTEGRO;
III.- LOS TRABAJADORES GOZARAN DE VACACIONES QUE NUNCA SERAN MENORES DE VEINTE DIAS AL AÑO;
IV. LOS SALARIOS SERAN FIJADOS EN LOS PRESUPUESTOS RESPECTIVOS SIN QUE SU CUANTIA PUEDA SER DISMINUIDA DURANTE LA VIGENCIA DE ESTOS, SUJETANDOSE A LO DISPUESTO EN EL ARTICULO 127 DE ESTA CONSTITUCION Y EN LA LEY.
EN NINGUN CASO LOS SALARIOS PODRAN SER INFERIORES AL MINIMO PARA LOS TRABAJADORES EN GENERAL EN EL DISTRITO FEDERAL Y EN LAS ENTIDADES DE LA REPUBLICA;
V.- A TRABAJO IGUAL CORRESPONDERA SALARIO IGUAL, SIN TENER EN CUENTA EL SEXO;
VI.- SOLO PODRAN HACERSE RETENCIONES, DESCUENTOS, DEDUCCIONES O EMBARGOS AL SALARIO EN LOS CASOS PREVISTOS EN LAS LEYES;

VII.- LA DESIGNACION DEL PERSONAL SE HARA MEDIANTE SISTEMAS QUE PERMITAN APRECIAR LOS CONOCIMIENTOS Y APTITUDES DE LOS ASPIRANTES. EL ESTADO ORGANIZARA ESCUELAS DE ADMINISTRACION PUBLICA;
VIII.- LOS TRABAJADORES GOZARAN DE DERECHOS DE ESCALAFON A FIN DE QUE LOS ASCENSOS SE OTORGUEN EN FUNCION DE LOS CONOCIMIENTOS, APTITUDES Y ANTIGÜEDAD. EN IGUALDAD DE CONDICIONES, TENDRA PRIORIDAD QUIEN REPRESENTE LA UNICA FUENTE DE INGRESO EN SU FAMILIA;
IX.- LOS TRABAJADORES SOLO PODRAN SER SUSPENDIDOS O CESADOS POR CAUSA JUSTIFICADA, EN LOS TERMINOS QUE FIJE LA LEY.
EN CASO DE SEPARACION INJUSTIFICADA TENDRAN DERECHO A OPTAR POR LA REINSTALACION EN SU TRABAJO O POR LA INDEMNIZACION CORRESPONDIENTE, PREVIO EL PROCEDIMIENTO LEGAL. EN LOS CASOS DE SUPRESION DE PLAZAS, LOS TRABAJADORES AFECTADOS TENDRAN DERECHO A QUE SE LES OTORGUE OTRA EQUIVALENTE A LA SUPRIMIDA O A LA INDEMNIZACION DE LEY;
X.- LOS TRABAJADORES TENDRAN EL DERECHO DE ASOCIARSE PARA LA DEFENSA DE SUS INTERESES COMUNES. PODRAN, ASIMISMO, HACER USO DEL DERECHO DE HUELGA PREVIO EL CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS QUE DETERMINE LA LEY, RESPECTO DE UNA O VARIAS DEPENDENCIAS DE LOS PODERES PUBLICOS, CUANDO SE VIOLEN DE MANERA GENERAL Y SISTEMATICA LOS DERECHOS QUE ESTE ARTICULO LES CONSAGRA;
XI.- LA SEGURIDAD SOCIAL SE ORGANIZARA CONFORME A LAS SIGUIENTES BASES MINIMAS:
A).- CUBRIRA LOS ACCIDENTES Y ENFERMEDADES PROFESIONALES; LAS ENFERMEDADES NO PROFESIONALES Y MATERNIDAD; Y LA JUBILACION, LA INVALIDEZ, VEJEZ Y MUERTE.
B).- EN CASO DE ACCIDENTE O ENFERMEDAD, SE CONSERVARA EL DERECHO AL TRABAJO POR EL TIEMPO QUE DETERMINE LA LEY.
C).- LAS MUJERES DURANTE EL EMBARAZO NO REALIZARAN TRABAJOS QUE EXIJAN UN ESFUERZO CONSIDERABLE Y SIGNIFIQUEN UN PELIGRO PARA SU SALUD EN RELACION CON LA GESTACION; GOZARAN FORZOSAMENTE DE UN MES DE DESCANSO ANTES DE LA FECHA FIJADA APROXIMADAMENTE PARA EL PARTO Y DE OTROS DOS DESPUES DEL MISMO, DEBIENDO PERCIBIR SU SALARIO INTEGRO Y CONSERVAR SU EMPLEO Y LOS DERECHOS QUE HUBIEREN ADQUIRIDO POR LA RELACION DE TRABAJO. EN EL PERIODO DE LACTANCIA TENDRAN DOS DESCANSOS EXTRAORDINARIOS POR DIA, DE MEDIA HORA CADA UNO, PARA ALIMENTAR A SUS HIJOS. ADEMAS, DISFRUTARAN DE ASISTENCIA MEDICA Y OBSTETRICA, DE MEDICINAS, DE AYUDAS PARA LA LACTANCIA Y DEL SERVICIO DE GUARDERIAS INFANTILES.
D).- LOS FAMILIARES DE LOS TRABAJADORES TENDRAN DERECHO A ASISTENCIA MEDICA Y MEDICINAS, EN LOS CASOS Y EN LA PROPORCION QUE DETERMINE LA LEY.
E).- SE ESTABLECERAN CENTROS PARA VACACIONES Y PARA RECUPERACION, ASI COMO TIENDAS ECONOMICAS PARA BENEFICIO DE LOS TRABAJADORES Y SUS FAMILIARES.
F).- SE PROPORCIONARAN A LOS TRABAJADORES HABITACIONES BARATAS, EN ARRENDAMIENTO O VENTA, CONFORME A LOS PROGRAMAS PREVIAMENTE APROBADOS. ADEMAS, EL ESTADO MEDIANTE LAS APORTACIONES QUE HAGA, ESTABLECERA UN FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA A FIN DE CONSTITUIR DEPOSITOS EN FAVOR DE DICHOS TRABAJADORES Y ESTABLECER UN SISTEMA DE FINANCIAMIENTO QUE PERMITA OTORGAR A ESTOS CREDITO BARATO Y SUFICIENTE PARA QUE ADQUIERAN EN PROPIEDAD HABITACIONES COMODAS E HIGIENICAS, O BIEN PARA CONSTRUIRLAS, REPARARLAS, MEJORARLAS O PAGAR PASIVOS ADQUIRIDOS POR ESTOS CONCEPTOS. (REFORMADO MEDIANTE DECRETO PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION EL 10 DE NOVIEMBRE DE 1972) LAS APORTACIONES QUE SE HAGAN A DICHO FONDO SERAN ENTERADAS AL ORGANISMO ENCARGADO DE LA SEGURIDAD SOCIAL, REGULANDOSE EN SU LEY Y EN LAS QUE CORRESPONDA, LA FORMA Y EL PROCEDIMIENTO CONFORME A LOS CUALES SE ADMINISTRARA EL CITADO FONDO Y SE OTORGARAN Y ADJUDICARAN LOS CREDITOS RESPECTIVOS;
XII.- LOS CONFLICTOS INDIVIDUALES, COLECTIVOS O INTERSINDICALES SERAN SOMETIDOS A UN TRIBUNAL FEDERAL DE CONCILIACION Y ARBITRAJE, INTEGRADO SEGUN LO PREVENIDO EN LA LEY REGLAMENTARIA.
LOS CONFLICTOS ENTRE EL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACION Y SUS SERVIDORES SERAN RESUELTOS POR EL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL; LOS QUE SE SUSCITEN ENTRE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA Y SUS EMPLEADOS SERAN RESUELTOS POR ESTA ULTIMA. (REFORMADO MEDIANTE DECRETO PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION EL 31 DE DICIEMBRE 1994)
XIII. LOS MILITARES, MARINOS, PERSONAL DEL SERVICIO EXTERIOR, AGENTES DEL MINISTERIO PUBLICO, PERITOS Y LOS MIEMBROS DE LAS INSTITUCIONES POLICIALES, SE REGIRAN POR SUS PROPIAS LEYES.
LOS AGENTES DEL MINISTERIO PUBLICO, LOS PERITOS Y LOS MIEMBROS DE LAS INSTITUCIONES POLICIALES DE LA FEDERACION, EL DISTRITO FEDERAL, LOS ESTADOS Y LOS MUNICIPIOS, PODRAN SER SEPARADOS DE SUS CARGOS SI NO CUMPLEN CON LOS REQUISITOS QUE LAS LEYES VIGENTES EN EL MOMENTO DEL ACTO SEÑALEN PARA PERMANECER EN DICHAS INSTITUCIONES, O REMOVIDOS POR INCURRIR EN RESPONSABILIDAD EN EL DESEMPEÑO DE SUS FUNCIONES. SI LA AUTORIDAD JURISDICCIONAL RESOLVIERE QUE LA SEPARACION, REMOCION, BAJA, CESE O CUALQUIER OTRA FORMA DE TERMINACION DEL SERVICIO FUE INJUSTIFICADA, EL ESTADO SOLO ESTARA OBLIGADO A PAGAR LA INDEMNIZACION Y DEMAS PRESTACIONES A QUE TENGA DERECHO, SIN QUE EN NINGUN CASO PROCEDA SU REINCORPORACION AL SERVICIO, CUALQUIERA QUE SEA EL RESULTADO DEL JUICIO O MEDIO DE DEFENSA QUE SE HUBIERE PROMOVIDO.
LAS AUTORIDADES DEL ORDEN FEDERAL, ESTATAL, DEL DISTRITO FEDERAL Y MUNICIPAL, A FIN DE PROPICIAR EL FORTALECIMIENTO DEL SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL DEL PERSONAL DEL MINISTERIO PUBLICO, DE LAS CORPORACIONES POLICIALES Y DE LOS SERVICIOS PERICIALES, DE SUS FAMILIAS Y DEPENDIENTES, INSTRUMENTARAN SISTEMAS COMPLEMENTARIOS DE SEGURIDAD SOCIAL.
EL ESTADO PROPORCIONARA A LOS MIEMBROS EN EL ACTIVO DEL EJERCITO, FUERZA AEREA Y ARMADA, LAS PRESTACIONES A QUE SE REFIERE EL INCISO F) DE LA FRACCION XI DE ESTE APARTADO, EN TERMINOS SIMILARES Y A TRAVES DEL ORGANISMO ENCARGADO DE LA SEGURIDAD SOCIAL DE LOS COMPONENTES DE DICHAS INSTITUCIONES.
XIII BIS. EL BANCO CENTRAL Y LAS ENTIDADES DE LA ADMINISTRACION PUBLICA FEDERAL QUE FORMEN PARTE DEL SISTEMA BANCARIO MEXICANO REGIRAN SUS RELACIONES LABORALES CON SUS TRABAJADORES POR LO DISPUESTO EN EL PRESENTE APARTADO.
XIV. LA LEY DETERMINARA LOS CARGOS QUE SERAN CONSIDERADOS DE CONFIANZA. LAS PERSONAS QUE LOS DESEMPEÑEN DISFRUTARAN DE LAS MEDIDAS DE PROTECCION AL SALARIO Y GOZARAN DE LOS BENEFICIOS DE LA SEGURIDAD SOCIAL.
ANTECEDENTES DEL ISSSTE.
En nuestro país, los esfuerzos para conformar un cuerpo sólido de prestaciones, en respuesta a las necesidades de la clase trabajadora, han tenido en el Estado a un promotor consciente de rica tradición histórica.
Durante el tiempo en que Benito Juárez fue presidente de la República, los rasgos distintivos de la seguridad social se concentraron casi exclusivamente en cuestiones de orden asistencial, como el sostenimiento de la Escuela de Ciegos, en 1871, para lo cual el régimen juarista cedió a la institución parte del Ex Convento de la Encarnación y 15% del producto de las loterías.
En el ámbito legislativo, antes de la Revolución Mexicana, no son muchos los antecedentes que den cuenta de intentos formales y organizados de protección a los trabajadores. Hubo no obstante, en los estados de la Federación -México en 1904 y Nuevo León en 1906- leyes muy similares en su contenido, las cuales reconocían los accidentes de trabajo y apuntaban a la responsabilidad patronal en la indemnización derivada de los mismos.
En 1911, Francisco I. Madero incluyó en su programa como candidato a la Presidencia de la República el compromiso de expedir leyes sobre pensiones e indemnizaciones por accidentes de trabajo. Por aquella misma época, el incipiente movimiento obrero se fortaleció con la fundación de la Casa del Obrero Mundial (1912), núcleo aglutinador por medio del cual diferentes corrientes políticas y sociales intentaban incidir en los cambios estructurales de las relaciones entre patrones y trabajadores.
A la caída del gobierno de Madero en 1913, y en su afán de legitimación de un régimen insostenible, Victoriano Huerta presentó al Congreso una propuesta de decreto que recogía inquietudes reales de la clase trabajadora, como la fijación de salarios mínimos y la formación de la Junta de Conciliación, entre otras, pero la iniciativa nunca prosperó, dado lo efímero del régimen huertista.
Durante el turbulento periodo que siguió, las diferentes fuerzas revolucionarias trataron de reglamentar las condiciones de los trabajadores. De esta época destacan las propuestas sobre seguridad social contenidas en el Plan de Guadalupe, expedido en 1913, y las cláusulas y adiciones que en tal sentido se le agregaron el año siguiente.
Es hasta 1917, al promulgarse la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que los derechos de los trabajadores son reconocidos y quedan protegidos con auténtica fuerza de ley máxima.
La Constitución otorgó a la seguridad social carácter ineludible al incorporarla al artículo 123, con la obligación patronal de proporcionar a los trabajadores, pensiones, habitaciones cómodas e higiénicas, escuelas, enfermerías y otros servicios. Resaltó además la obligatoriedad de la capacitación y la prerrogativa de los trabajadores a organizarse para garantizar estos derechos.
Cabe destacar que los empleados de las instituciones públicas fueron los que inicialmente promovieron la integración de agrupaciones con fines mutualistas o de protección social y laboral.
En la década de los veinte del siglo pasado, el crecimiento acelerado de la economía y la consolidación del Estado hicieron necesaria la promulgación de leyes, así como la creación de instituciones que sostuvieran con su estructura los diversos aspectos del bienestar social. Surgió así, por ejemplo, el proyecto de la Ley de Accidentes Industriales (1922), cuya aportación novedosa consistía en prever la creación de una caja de riesgos profesionales.
Además, por ley, algunos empleados gozaban de antemano de garantías de seguridad como fue el caso del Servicio Exterior Mexicano y Correos, y a partir de 1924 la Ley de Organización de Tribunales del Fuero Común del Distrito y Territorios Federales disponía "que los magistrados, jueces y oficiales que no gozaran de fortuna tuvieran derecho a ser pensionados".
Lo anterior, muestra un avance de la previsión social, puesto que marca con una promulgación el primer esfuerzo de aplicación concreta de postulados, ideas, teorías e inquietudes dispersas a lo largo de décadas del México revolucionario.
Sin embargo, persistía el hecho de que un buen grupo de empleados públicos se encontraban al margen de los beneficios de la seguridad social que apenas estaba en proceso de gestación. La preocupación gubernamental por unificar prestaciones y servicios, así como garantizar el acceso a todos los trabajadores del Estado, dio por resultado que el 12 de agosto de 1925 se promulgara la Ley General de Pensiones Civiles y de Retiro.
La finalidad de la Ley era estructurar un sistema en virtud del cual el propio trabajador, con la ayuda del Estado, contribuyera a la formación de un fondo sobre el cual gravitaría el otorgamiento de pensiones y préstamos hipotecarios.
En esta Ley se contemplaban las pensiones por vejez e inhabilitación, y las pensiones para los deudos del trabajador que a causa de sus labores perdía la vida; además se ofrecía la pensión de retiro a los 65 años de edad y después de 15 años de servicio. Asimismo, una vez hecho el pago de pensiones y los gastos de administración del Fondo de Pensiones, se empleaban los excedentes para otorgar préstamos hipotecarios hasta por 5 mil pesos para adquisición o construcción de casa habitación y hasta 15 mil para compra de tierras de cultivo y su habilitación.
Los préstamos eran pagaderos a cinco y diez años, respectivamente. Se concedían además créditos hasta por 3 mil pesos para establecer o explotar pequeñas industrias; también se destinaban fondos para la construcción de casas y departamentos para venta y renta a pensionados y funcionarios. La Ley estipuló 9% anual como tasa mínima de interés.
DIRECCIÓN GENERAL DE PENSIONES CIVILES Y DE RETIRO (1925-1959)
Predecesora del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, fue la Dirección General de Pensiones Civiles y de Retiro. Esta Dirección, como organismo público descentralizado con atribución pública y personalidad jurídica propia, nació en la vida jurídica de México mediante la expedición de la Ley de Pensiones Civiles y de Retiro el 12 de agosto de 1925. El proyecto original fue formulado por una comisión integrada por los señores Maximiliano Chabert, licenciado Miguel S. Macedo, licenciado Mario de la Fuente y Mario Guasp.
La primera Junta Directiva de la nueva institución se integró con los señores licenciado Rafael I. Hernández, doctor Alfonso Pruneda, Guilebaldo Elías, José A. Castillón, Julio Azcárate y Carlos Arellano, fungiendo como presidente el licenciado Hernández y como secretario el señor Gregorio M. Arriaga.
El primer titular de la Dirección General de Pensiones Civiles fue el señor Maximiliano Chabert, quien tomó posesión el 16 de octubre de 1925.
En ese periodo de iniciación se comenzó a estructurar y a organizar la Dirección de Pensiones y para el efecto se crearon las oficinas que se estimaron necesarias, entre ellas una Subdirección y los departamentos de Pensiones, Contabilidad, Préstamos, Ingenieros y Estadísticas, así como la Caja, ocupándose como sede de la institución la casa ubicada en la esquina de Uruguay e Isabel la Católica.
Trece años después, el1 de noviembre de 1938, surgió la Federación de Sindicatos de los Trabajadores al Servicio del Estado (FSTSE), que en ese mismo año promulgó su Estatuto Jurídico. Con ello se daba a los trabajadores del Estado personalidad jurídica propia y se garantizaba la seguridad en el empleo y la libre asociación para la defensa de sus intereses.
La Dirección General de Pensiones Civiles y de Retiro ocupó durante algún tiempo el edificio del Banco LACUD ubicado en la calle de Capuchinas, y a partir de 1926 cambió su centro de operaciones a las oficinas de avenida Hidalgo.
Posteriormente se inauguró, en 1945, la nueva sede en avenida Juárez y Lafragua (antes ejidos), frente a la Plaza de la República. Este edificio fue acondicionado para satisfacer las necesidades de la Dirección y en el mismo inmueble se instaló un Jardín de Niños, una Guardería Infantil, las oficinas del Sindicato de Pensiones y una Escuela Primaria.
El 5 de marzo de 1946 se expidió una nueva Ley de Pensiones Civiles, pero su vigencia fue suspendida por el Congreso y sólo se aplicó a los trabajadores del magisterio y a los veteranos de la revolución.
Hacia el año de 1947, la Ley de Pensiones sufrió reformas significativas orientadas a extender la gama de prestaciones, mejorar la calidad de las ya existentes e incorporar el régimen de la seguridad social a un mayor número de trabajadores y organismos públicos.
Entre las reformas se establecía que la edad para recibir las pensiones sería de 55 años con un mínimo de 15 de servicio. También se ampliaban los seguros de vejez, invalidez, muerte, orfandad y viudez, así como los montos para préstamos hipotecarios.
A partir de esta Ley, parte de los fondos de pensiones fueron canalizados a la construcción de colonias burocráticas dentro y fuera del Distrito Federal, tales como las unidades habitacionales "Presidente Juárez" con 984 departamentos y el "Centro Urbano Presidente Alemán" con 1,080 departamentos; este último fue inaugurado en 1949.
En lo que se refiere a los servicios médicos, se amparaba por primera vez a los trabajadores al servicio del Estado, cubriendo únicamente accidentes laborales a través de servicios subrogados a hospitales particulares.
NACIMIENTO DEL ISSSTE
En 1959 se transforma y adiciona el apartado B del artículo 123 constitucional, donde se incorporan las garantías que el Estatuto Jurídico de la FSTSE había planteado para los servidores públicos.
El mismo año, con motivo del XXI aniversario de la expedición de dicho Estatuto, en una ceremonia en el Palacio de Bellas Artes, el presidente Adolfo López Mateos anunció que presentaría al Congreso de la Unión la iniciativa de Ley que daría origen al Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, la cual fue discutida, aprobada y publicada en el Diario Oficial de la Federación el 30 de diciembre de 1959, por lo que la Dirección General de Pensiones Civiles y de Retiro se transforma, en 1960, en el ISSSTE.
Las palabras con las que se refirió a la Ley el entonces presidente de la República no dejan lugar a duda acerca de la relevancia que para el Ejecutivo tenía la creación del ISSSTE.
La única forma de lograr una eficaz protección social es establecer obligatoriamente la inclusión de todos los servidores públicos en los beneficios de la Ley, pues de otra manera no se protegería a los grupos económicamente más débiles y que más requieren de los servicios que se implantan. En estas condiciones puedo afirmar que queda la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado como una de las más favorables y tutelares en el mundo...
La Ley del ISSSTE se constituía en México como la primera en responder a una visión integral de la seguridad social, cubriendo tanto asistencia a la salud, como prestaciones sociales, culturales y económicas, cuyos beneficios se extendían y se extienden a los familiares de los trabajadores.
En 1960, el ISSSTE amparaba a 129 mil 512 trabajadores, 11 mil 912 pensionistas y 346 mil 318 familiares, es decir, un total de 487 mil 742 derechohabientes beneficiados con las 14 prestaciones que marcaba la nueva Ley.
Seguro de enfermedades no profesionales y de maternidad. Seguro de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales. Servicios de reeducación y readaptación de inválidos. Servicios para elevar los niveles de vida del servidor público y su familia. Promociones que mejoren la preparación técnica y cultural, y que activen las formas de sociabilidad del trabajador y su familia. Créditos para la adquisición en propiedad de casas o terrenos y construcción de moradas destinadas a la habitación familiar del trabajador. Arrendamiento de habitaciones económicas propiedad del Instituto. Préstamos hipotecarios. Préstamos a corto plazo. Jubilación. Seguro de vejez. Seguro de invalidez. Seguro por causa de muerte. Indemnización global.
De esta manera, con la Ley del ISSSTE, algunas prestaciones que habían sido complementarias pasaron a ser obligatorias para el Instituto.
l patrimonio del ISSSTE se integró principalmente con las propiedades, derechos y obligaciones que formaban parte de la Dirección General de Pensiones Civiles y de Retiro, así como con sus fuentes de financiamiento.
La organización interna del Instituto en aquel entonces se conformó con dos órdenes de gobierno: la Junta Directiva (con participación del Estado y de la FSTSE) y la Dirección General de la cual dependían tres subdirecciones.
Subdirección de Servicios Médicos Subdirección de Pensiones y Préstamos Subdirección Administrativa
Contaba además con seis asesorías técnicas, configuradas como departamentos, que auxiliaban a la Dirección General en sus funciones.
Departamento de Servicios Sociales Departamento Jurídico Departamento de Arquitectura y Planeación Caja General Auditoría Interna Contaduría General
En el renglón de atención a la salud se ampliaron los beneficios; ahora se cubrían los seguros de enfermedades profesionales y no profesionales, de maternidad, accidentes de trabajo y readaptación de inválidos.
Para desempeñar sus funciones, el Instituto empezó con la adquisición de unidades hospitalarias privadas, mismas que, aunque contribuyeron a satisfacer la demanda inicial de servicio, requirieron desde el principio de numerosas adaptaciones o ampliaciones.
De esta forma, en agosto de 1960, el ISSSTE inició la construcción de las tres primeras clínicas en el Distrito Federal y compró el Centro Hospitalario 20 de Noviembre, con capacidad de 600 camas.
Este nosocomio cubrió las necesidades de hospitalización y urgencias que antes se subrogaban; además, se incorporaron algunas unidades médicas provenientes de diversas dependencias centrales, como las que operaban la Secretaría de Educación Pública, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, el Sindicato del Magisterio y el Sistema SCOP (Secretaría de Comunicaciones y Obras Públicas).
El Instituto integró bajo la denominación "Servicios Sociales" un conjunto de prestaciones que se caracterizaban por apoyar socialmente al asegurado y su familia, básicamente a través de la atención a niños en guarderías, renta y venta de departamentos en desarrollos multifamiliares, prestación de servicios funerarios y apoyo en general a la economía familiar. Así, en 1960 había tres guarderías -hoy Estancias de Bienestar y Desarrollo Infantil- en las que se atendía un total de 465 niños; y se contaba además con una tienda ubicada en el Distrito Federal.
Tres años después se darían más cambios. El Estatuto Jurídico de los trabajadores al servicio del Estado quedó abrogado el 28 de diciembre de 1963, y en la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio de Estado, reglamentaria del apartado B del artículo 123 constitucional, se incluyeron los seguros, servicios y prestaciones establecidos en el capítulo de la seguridad social como contraprestación de la relación laboral con el Estado.
El 8 de septiembre de 1965 la Junta Directiva aprobó el primer reglamento interior del ISSSTE que plasmaba su organización y funcionamiento. Antes de esa fecha, el Instituto se regía únicamente por las disposiciones contenidas en la Ley, las que, por su índole, no era posible aplicar a las funciones de los diversos órganos del ISSSTE, recurriendo para complementarlas a las costumbres, al sentido común y al deseo de los funcionarios encargados de aplicarlas.
Este reglamento, con vigencia de 1965 a 1983, no sufrió cambios y por lo tanto la estructura del Instituto que rigió durante ese periodo tampoco tuvo variaciones formales en su conformación orgánica, integrada por cuatro subdirecciones:
Prestaciones Médicas, Prestaciones Sociales, Prestaciones Económicas y Administrativas; así también, del Director General dependían directamente un Coordinador General, dos unidades asesoras (de Financiamiento y de Organización, Desarrollo y Normas), tres departamentos (de Relaciones Públicas y Prestaciones Varias, de Auditoría, Jurídico y de Arquitectura y Planeación), una Comisión de Compras y tres oficinas (de Colonias, Prensa y Quejas), además de las delegaciones regionales.
SITUACIÓN ACTUAL
Marco Jurídico y Objetivo
El ISSSTE, creado por decreto presidencial el 30 de diciembre de 1959, es un organismo descentralizado con administración, personalidad jurídica y patrimonio propio, éste último conformado por las aportaciones que los trabajadores hacen quincenalmente por dos conceptos fundamentales:
Fondo de pensiones Servicio médico y maternidad
A ello se suman las aportaciones que hace el Gobierno Federal en los mismos conceptos por cada uno de sus empleados. La administración del ISSSTE está presidida por una Junta Directiva, principal órgano rector integrado por cinco representantes del Gobierno Federal y cinco de la Federación de Sindicatos de Trabajadores al Servicio del Estado, además del propio Director General.
Es facultad del Ejecutivo Federal designar tanto al Director General como al presidente de la Junta Directiva, mientras que los representantes gubernamentales deberán ser los titulares de las secretarías de Salud, de Trabajo y Previsión Social, de Desarrollo Social, de Hacienda y Crédito Público, y de la Función Pública.
La Junta Directiva es la autorizada para nombrar y remover al personal de confianza del primer nivel del Instituto, a propuesta del Director General, sin prejuicio de las facultades que al efecto le delegue.
Este órgano rector aprueba, entre otras cosas, el presupuesto, la orientación programática, la organización administrativa y funcional del ISSSTE y, desde luego, supervisa el gasto, operación y funcionamiento institucional.El operador es el Director General, máxima autoridad administrativa del ISSSTE y responsable directo de su buen funcionamiento.
La personalidad jurídica del Instituto está dotada, como ya se vio, por el acuerdo presidencial que le dio origen; luego se encuentra jurídicamente reglamentado por la Ley del ISSSTE, que es un instrumento jurídico emanado del Poder Legislativo de observancia general que lo faculta para hacer las retenciones respectivas de los salarios de los trabajadores del Estado y lo obliga a proporcionar bienestar social a éstos y a sus familiares derechohabientes.
La organización y funcionamiento del Instituto está regulada por varios instrumentos, así, la Junta Directiva tiene su propio Reglamento, pero el marco normativo de mayor importancia para el funcionamiento de la institución es el Estatuto Orgánico, mecanismo jurídico que determina la forma de organización administrativa y faculta a los diferentes órganos que la integran a desarrollar sus funciones, ya sean médicas, deportivas, culturales, económicas, de investigación o recreación, para conformar el concepto de seguridad social para los trabajadores al servicio del Estado.
Actualmente el ISSSTE ha celebrado convenios con gobiernos estatales y organismos públicos descentralizados para ofrecer seguridad social a sus trabajadores. Atiende a más de dos millones de trabajadores y a más de cuatro derechohabientes por trabajador en promedio, con lo que en este momento son más de diez millones de mexicanos beneficiados.
Porque su principal función es la seguridad social, el Instituto se sustenta en el derecho constitucional a la protección de la salud de los servidores públicos, por lo que está obligado a dar cumplimiento a la Ley General de Salud y a todo el marco normativo inherente a su función primordial.
Principales Fondos que Integran al ISSSTE:
Administración Ahorro para el retiro Médico Pensiones Préstamos Préstamos personales Riesgos de trabajo Servicios sociales y culturales Vivienda
Los fondos son los que cubren el conjunto de 21 seguros, prestaciones y servicios previstos por la
Ley del ISSSTE en favor de los trabajadores al servicio del Estado.

Prestaciones Médicas, Económicas, Sociales y Culturales
El ISSSTE ampara y protege actualmente a sus derechohabientes mediante el otorgamiento de 21 seguros, prestaciones y servicios:

1. Medicina preventiva
Garantiza, cuida y preserva la salud de los trabajadores y sus familiares, así como de los pensionados.
2. Seguro de enfermedades y maternidad
Brinda atención médica de diagnóstico, quirúrgica y hospitalaria, así como farmacéutica y de rehabilitación que sea necesaria, desde el comienzo de la enfermedad o embarazo de los trabajadores, familias y pensionados.
3. Servicios de rehabilitación física y mental
Otorga atención a pacientes con algún tipo de enfermedad o discapacidad que afecte al sistema locomotor, así como a pacientes con afección o deficiencia mental.
4. Seguro de riesgos de trabajo
Cubre el seguro cuando ocurran accidentes y enfermedades a las que están expuestos los trabajadores en el ejercicio de su actividad cotidiana.
5. Seguro de jubilación
Garantiza el pago de pensiones a todos los trabajadores que cumplan 30 años o más de servicio y a las trabajadoras con 28 años o más.
6. Seguro de retiro por edad y tiempo de servicio
Pensiona a aquellos trabajadores que cumplan 55 años de edad y que tengan 15 años de servicio como mínimo e igual tiempo de cotización al Instituto.
7. Seguro de invalidez
Otorga este seguro a aquellos trabajadores que se inhabiliten física o mentalmente por causas ajenas al desempeño de su empleo, siempre y cuando hayan cotizado al Instituto cuando menos durante 15 años.
8. Seguro por causa de muerte
Cubre este seguro en caso de deceso por motivos ajenos al servicio, siempre y cuando el trabajador haya cotizado al Instituto más de 15 años, o fallecido después de los 60 años de edad con un mínimo de diez años de cotización.
9. Seguro de cesantía en edad avanzada
Brinda protección al trabajador que decida retirarse voluntariamente del servicio o quede privado de trabajo remunerado después de los 60 años de edad y haya cotizado al Instituto cuando menos 15 años.
10. Indemnización global
Indemniza a aquellos trabajadores que sin tener derecho a ningún tipo de pensión se separen definitivamente del servicio.
11. Servicios de atención para el bienestar y desarrollo infantil
Procura el desarrollo armónico e integral de los hijos de las trabajadoras del Estado en las Estancias de Bienestar y Desarrollo Infantil.
12. Servicios integrales de retiro a jubilados y pensionistas
Garantiza los servicios médicos y prestaciones económicas y en especie a los trabajadores del Estado en retiro.
13 y 14. Vivienda y arrendamiento
Brinda la oportunidad de obtener vivienda digna mediante el arrendamiento o venta de habitaciones económicas pertenecientes al Instituto, además de préstamos hipotecarios y financiamiento en general para vivienda, en sus modalidades de adquisición de casas-habitación, construcción, reparación, ampliación o mejoras a las mismas; así como para el pago de pasivos adquiridos por este concepto.
15. Préstamos a mediano plazo
Apoya la economía familiar a través de financiamiento de préstamos para la adquisición de bienes de uso duradero.
16. Préstamos a corto plazo
Otorga préstamos en efectivo a los trabajadores que por algún motivo requieran de liquidez.
17. Tiendas y farmacias
Contribuye a mejorar la calidad de vida del servidor público y familiares derechohabientes a través de tiendas y farmacias que cuenten con productos de calidad a precios competitivos.
18. Servicios turísticos
Ofrece precios accesibles e instalaciones adecuadas para la recreación.
19. Actividades culturales y deportivas
Atiende las necesidades básicas de los trabajadores y sus familias como son promociones culturales, de preparación técnica, fomento deportivo y recreación.
20. Servicios funerarios
Proporciona servicios funerarios a precios accesibles.
21. Sistema de Ahorro para el Retiro
Aumenta los recursos a disposición del trabajador al momento de su retiro.

......... INFRAESTRUCTURA BÁSICA DEL ISSSTE

Población derechohabiente 10,295,082
Estancias de bienestar y desarrollo infantil 137
Tiendas 265
Farmacias 116
Velatorios 7
Panteones 1
Agencias turísticas 38
Hoteles y balnearios 2
Talleres para jubilados 98
Centro Geriátrico 1
Centro de convivencia para jubilados y pensionados 1
Comedores 11
Centros de capacitación 38
Centros culturales 74
Centros deportivos 9
Bibliotecas 61
Teatros 2
Foro 1
Clínicas de medicina familiar 94
Clínicas de especialidades 14
Unidades de medicina familiar 926
Consultorios auxiliares 105
Clínicas-hospital 71
Hospitales generales 24
Hospitales regionales 10
Centro Médico Nacional 1
Centro de Cirugía Ambulatoria 1
Estancia Temporal para Enfermos de los Estados 1
Consultorios 5,430
Laboratorios 209
Quirófanos 293
Camas censables 6,778
Camas de tránsito 2,986

Fuente: Subdirección de Planeación Financiera y Evaluación Institucional. Subdirección General de Finanzas del ISSSTE
DIRECTORES GENERALES

Dirección General de Pensiones Civiles y de Retiro (1925-1959)
SR. MAXIMILIANO M. CHABERT
Del 16 de octubre de 1925 al 28 de octubre de 1930
SR. COSME HINOJOSA
Del 28 de octubre de 1930 al 28 de abril de 1932
GRAL. JOSÉ MARÍA TAPIA
Del 28 de abril de 1932 al 10 de septiembre de 1932
LIC. ROMEO ORTEGA
Del 10 de septiembre de 1932 al 26 de marzo de 1935
SR. ENRIQUE LICKENS
Del 26 de marzo de 1935 al 9 de diciembre de 1940
PROFR. AURELIO MANRIQUE
Del 9 de diciembre de 1940 al 7 de septiembre de 1945
SR. ADOLFO DE LA HUERTA
Del 6 de febrero de 1946 al 5 de diciembre de 1946
LIC. ESTEBAN GARCÍA DE ALBA
Del 6 de diciembre de 1946 al 13 de enero de 1953
LIC. NICOLÁS PIZARRO SUÁREZ
Del 13 de enero de 1953 al 13 de diciembre de 1959
LIC. NICOLÁS PIZARRO SUÁREZ
Del 1 de enero de 1960 al 9 de diciembre de 1964
LIC. RÓMULO SÁNCHEZ MIRELES
Del 9 de diciembre de 1964 al 7 de diciembre de 1970
PROFR. EDGAR ROBLEDO SANTIAGO
Del 7 de diciembre de 1970 al 8 de septiembre de 1975
C.P. SALVADOR SÁNCHEZ VÁZQUEZ
Del 8 de septiembre de 1975 al 6 de diciembre de 1976
PROFR. CARLOS JONGUITUD BARRIOS
Del 6 de diciembre de 1976 al 12 de febrero de 1979
LIC. CARLOS SANSORES PÉREZ
Del 12 de febrero de 1979 al 28 de noviembre de 1979
DR. CARLOS RIVA PALACIO VELASCO
Del 28 de noviembre de 1979 al 30 de noviembre de 1982
DR. ALEJANDRO CARRILLO CASTRO
Del 2 de diciembre de 1982 al 1 de diciembre de 1988
LIC. EMILIO LOZOYA THALMANN
Del 1 de diciembre de 1988 al 4 de enero de 1993
ING. GONZALO MARTÍNEZ CORBALÁ
Del 4 de enero de 1993 al 2 de diciembre de 1994
LIC. MANUEL AGUILERA GÓMEZ
Del 2 de diciembre de 1994 al 5 de abril de 1997
LIC. JOSÉ ANTONIO GONZÁLEZ FERNÁNDEZ
Del 5 de abril de 1997 al 13 de mayo de 1998
LIC. SOCORRO DÍAZ PALACIOS
Del 13 de mayo de 1998 al 2 de diciembre de 2000
LIC. BENJAMÍN GONZÁLEZ ROARO
Del 2 de diciembre de 2000 al 31 de marzo de 2006
LIC. ENRIQUE MORENO CUETO
Del 05 de abril al 02 de diciembre de 2006
LIC. MIGUEL ÁNGEL YUNES LINARES
02 de diciembre de 2006

MISIÓN DEL ISSSTE

Contribuir a satisfacer niveles de bienestar integral de los trabajadores al servicio del Estado, pensionados, jubilados y familiares derechohabientes, con el otorgamiento eficaz y eficiente de los seguros, prestaciones y servicios, con atención esmerada, respeto, calidad y cumpliendo siempre con los valores institucionales de honestidad, legalidad y transparencia.

VISIÓN DEL ISSSTE

Posicionar al ISSSTE como la institución que garantice la protección integral de los trabajadores de la Administración Pública Federal, pensionados, jubilados y sus familias de acuerdo al nuevo perfil demográfico de la derechohabiencia, con el otorgamiento de seguros, prestaciones y servicios de conformidad con la normatividad vigente, bajo códigos normados de calidad y calidez, con solvencia financiera, que permitan generar valores y prácticas que fomenten la mejora sostenida de bienestar, calidad de vida y el desarrollo del capital humano. Objetivos Institucionales y Metas de Resultados del ISSSTE al 2012

Los Objetivos Institucionales además de contribuir a lograr los objetivos propuestos por el Plan Nacional de Desarrollo 2007 – 2012, coadyuvarán a lograr la visión de la institución establecida para el año 2030 y concretar la misión que tiene establecida.

El presente Informe Financiero y Actuarial 2009 (IFA 2009), responde al compromiso que le impone al Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE), el Artículo 214, fracción XIX de su Ley, relativa a dar cuenta en forma anual, a los Poderes Ejecutivo y Legislativo, sobre su situación financiera y actuarial, a corto, mediano y largo plazo, así como los riesgos que pudieran afectar su sano desarrollo y eficiencia operativa.

Es éste un ejercicio, que permite transparentar las condiciones actuales y futuras relacionadas con la solvencia financiera del Instituto para cumplir con los compromisos contraídos con su población amparada, y prever las medidas que se juzguen necesarias para evitar que en los años por venir, pudiera presentarse una crisis financiera de la magnitud de la que vivió el Instituto en los años anteriores al 2007 y que obligó al planteamiento de una Reforma integral del Sistema de Seguridad Social de los Trabajadores al Servicio del Estado.

De hecho, la situación de las finanzas del Instituto llegó a ser tan grave, que sus repercusiones en las finanzas públicas del Estado Mexicano para responder solidariamente a los Trabajadores y sus Familiares Derechohabientes, obligaron a actuar con prontitud y con propuestas imaginativas, que sin lesionar los derechos de los Pensionados y jubilados y de los Trabajadores afiliados, permitieran reducir el déficit financiero y actuarial del sistema de seguridad social y por consiguiente, su impacto en los recursos públicos que deben destinarse a satisfacer también otro tipo de necesidades, como son seguridad pública, inversión en infraestructura, salud a la población no cubierta por algún sistema de seguridad social, educación, vivienda y combate a la pobreza, entre otros.

Hoy, la Reforma planteada hace ya más de dos años, cobra aún más importancia, frente a una crisis mundial que ha impactado en la economía mexicana, adicionalmente, por efectos de la contingencia sanitaria que vivimos en los meses de abril y mayo de 2009 y a la que la Institución respondió con eficacia y oportunidad.

Con pronósticos económicos para la economía mexicana poco alentadores, que necesariamente repercuten en la disminución de la captación de los ingresos fiscales, hubiese sido muy complicado continuar cubriendo con recursos del erario federal, el déficit de caja siempre creciente del ISSSTE.

Los temas que por Ley debe contener este Informe, se encuentran detallados en el texto del Artículo referido inicialmente, mismo que se transcribe a continuación:
“Artículo 214.- Corresponde a la Junta Directiva:

... XIX. Presentar al Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, y al Congreso de la Unión, a más tardar el 30 de junio de cada año, un informe dictaminado por auditor externo, que incluya, al menos, los siguientes elementos:e
ntación
a) La situación financiera de cada uno de los seguros ofrecidos por el Instituto, y actuarial de sus reservas, aportando elementos de juicio para evaluar si las primas correspondientes son suficientes para cubrir los gastos actuales y futuros de los beneficios derivados de cada seguro;

b) Los posibles riesgos, contingencias y pasivos que se están tomando en cada seguro y la capacidad financiera del Instituto para responder a ellos en función de sus ingresos y las reservas disponibles;

c) Estimaciones sobre las posibles modificaciones a las Cuotas y Aportaciones de cada seguro, en su caso, que se puedan prever, para mantener la viabilidad financiera del Instituto, y de las fechas estimadas en que dichas modificaciones puedan ser requeridas, y

d) La situación de sus pasivos laborales totales y de cualquier otra índole que comprometan su gasto por más de un ejercicio fiscal.

Para los propósitos anteriores la Junta Directiva informará sobre las tendencias demográficas de sus Derechohabientes, incluyendo modificaciones en la esperanza de vida; tendencias en la transición epidemiológica, y cambios en la composición de género de la fuerza laboral, entre otros factores. La estimación de riesgos, a su vez, considerará factores derivados del ciclo económico, de la evolución del costo de los tratamientos y medicamentos, los costos laborales, de la situación macroeconómica, así como cualquier otro factor que afecte la capacidad del Instituto para cumplir con sus compromisos. En todos los casos, la estimación sobre riesgos y pasivos laborales y de cualquier otro tipo, se formulará con estricto apego a los principios de contabilidad generalmente aceptados por la profesión contable organizada en México.

El Informe, asimismo, deberá contener información sobre el estado que guardan las instalaciones y equipos del Instituto, particularmente los dedicados a la atención médica, para poder atender de forma satisfactoria a sus derechohabientes, y…”

1. Consideraciones entre los resultados del Informe Financiero y Actuarial de 2008 y el
correspondiente a este año. Sin duda, la Ley del ISSSTE que inició su vigencia el día 1° de abril de 2007, planteó un cambio radical en la organización, financiamiento y operación del Instituto, que empieza a concretarse en el año 2008.

Es por ello, que el año 2008 se considera un parteaguas en la vida institucional. En la mayoría de los aspectos, será difícil hacer una comparación entre lo que fue el ISSSTE hasta el 2007 y lo que es el nuevo ISSSTE a partir de 2008, que indudablemente, marca el inicio de una nueva etapa de la vida institucional.

Este cambio, se refleja en muchos ámbitos del Instituto y no sólo en el financiero, en el que sus resultados permiten observar una situación más sana en comparación con años anteriores.

Presentación
Por su importancia, a continuación se mencionan los principales aspectos a ser considerados respecto a los resultados de ambos Informes.

a) Elección de esquema de pensión de los Trabajadores en el Régimen Transitorio La Ley de 2007 tutela los derechos de los Trabajadores incorporados al ISSSTE a la fecha en que entró en vigor, a través de lo que establecen los Transitorios del Cuarto al Vigésimo Segundo. Por su importancia se transcriben los Transitorios Cuarto y Quinto:

“CUARTO. A los Trabajadores que se encuentren cotizando al régimen del Instituto a la fecha de entrada en vigor de la presente Ley, se les reconocen los periodos cotizados con anterioridad.

QUINTO. Los Trabajadores tienen derecho a optar por el régimen que se establece en el Décimo Transitorio, o por la acreditación de Bonos de Pensión del ISSSTE en sus Cuentas Individuales.”

El Régimen Transitorio de la Ley del ISSSTE contempló la posibilidad de elegir entre permanecer en el régimen de pensiones de reparto que consideraba la Ley abrogada, con algunos ajustes, o migrar mediante la acreditación de su Bono de Pensión ISSSTE al sistema de Cuentas Individuales; lo que se conoce como una elección “ex-ante” , lo que motivó a que se hicieran supuestos al respecto que no necesariamente se cumplieron. En este sentido y como referencia, una elección “ex-post” es como la que se manejó en la Reforma a la Ley del Seguro Social para incorporarse al sistema de pensiones de Cuentas Individuales. En este método de elección, es menos complicado formular un supuesto relativo al número y características de los Trabajadores que elegirán uno u otro sistema, inclinándose siempre por el que les otorgue mayores beneficios.

En cambio, bajo el método de selección “ex-ante”, la complicación es mucho mayor, ya que dependerá del perfil personal y de las expectativas de vida laboral que pudiera tener cada servidor público. En estos términos, para efectos de los resultados presentados en el Informe Financiero y Actuarial 2008 (IFA 2008) se trabajaron diversos escenarios entre los que prevaleció el supuesto de una migración del 50% de los Trabajadores como una referencia intermedia ya que para la fecha de la presentación del IFA 2008 no se contaba todavía con los datos de migración. En la realidad, migró el 14.22%.

A grandes rasgos, la migración de un porcentaje de Trabajadores menor al supuesto, produce impactos positivos en los resultados relativos al costo de los Seguros de Invalidez y Vida y de Riesgos del Trabajo y, por consiguiente, en el período de suficiencia de las Cuotas y Aportaciones correspondientes.

Presentación

b) Estado de resultados por tipo de seguro. Como se recordará la Ley de 2007 agrupó, sin eliminar ninguno, los 21 seguros, servicios y prestaciones que establecía la Ley abrogada, en cuatro seguros análogos a los que tiene el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y un rubro de servicios sociales y culturales. Esta nueva agrupación planteó retos importantes desde el punto de vista contable, que sin duda, aun requerirá de ajustes y de perfeccionamiento. El ejercicio efectuado para el cierre contable del 2008 por el nuevo reagrupamiento de los seguros, presenta ciertas diferencias en algunos conceptos que también se incorporaban cuando existían los 21 seguros, servicios, prestaciones y se contabilizaban en ocho tipos de fondos, como por ejemplo, los gastos de administración propios de cada uno de estos fondos. Adicionalmente, hoy, de acuerdo a la Ley, los gastos generales de administración, deben ser financiados por las Cuotas y Aportaciones de cada seguro y por lo tanto asignados a gastos de operación de cada seguro, prestación y servicio.

c) Hipótesis de cálculo. Para elaborar las proyecciones demográficas y financieras de los cálculos actuariales, es indispensable considerar un conjunto de hipótesis, entre las que se incluyen las biométricas, demográficas y financieras.

Básicamente, los cambios principales en hipótesis se presentaron en las biométricas y en las financieras.

Para el caso de las hipótesis biométricas y una vez transcurrido el periodo de elección por parte de los Trabajadores, se efectuó un estudio específico que permitió determinar la tasa de mortalidad de Pensionados no inválidos, estrechamente relacionada con la expectativa de vida de este grupo poblacional.

Sobre este tema es importante abundar, que la problemática de la expectativa de vida de los Pensionados, tiene repercusiones en diferentes ámbitos, por lo que requerirá de una revisión minuciosa y fundamentada con el propósito de que los cálculos de las primas de los seguros de Rentas vitalicias vayan en concordancia con la experiencia de mortalidad de los Pensionados del ISSSTE, así como de sus propios Trabajadores.

En cuanto a las hipótesis financieras, habría que agregar que la situación económica mundial obligó a establecer hipótesis para el corto plazo más cautelosas que las elegidas en 2008. Las diferencias en hipótesis impactan, en general, los resultados de las valuaciones de tipo actuarial.

d) Vector de costo de los servicios médicos por edad y género. En el IFA 2008, se identificó entre otros problemas, el referente a la calidad de la información relacionada con los costos de salud. Durante el 2008, el Instituto realizó un esfuerzo importante de
recopilación y análisis de la información; así como de diseño de una metodología más refinada que permitiera disponer de un vector de costo de los servicios médicos del Pensionado por edad y género de acuerdo a su propia experiencia. Sus resultados indican que el incremento de costos de salud por envejecimiento es menos pronunciado que el mostrado por el vector utilizado anteriormente y sus resultados son congruentes con los que presentan otras institucionales tanto mexicanas, como de otros países. Debe ser éste un ejercicio institucional permanente, que permita alcanzar la mayor confiabilidad posible, por sus efectos en los resultados financieros del Seguro de Salud.

2. Los grandes retos institucionales.

Los resultados actuariales que se obtienen en el IFA 2009, son en términos generales, más optimistas que los del IFA 2008, fundamentalmente por las razones que hemos mencionado.

Sin duda, a medida que pase el tiempo y el Instituto recabe mayor cantidad de información estadística ligada a la operación de la nueva Ley, será posible refinar supuestos y producir resultados con un mejor apoyo derivado de la propia información institucional. De hecho, uno de los mayores desafíos consiste en que, de manera permanente, cada uno de los Trabajadores de la Institución colabore para hacer realidad el cambio de un sistema de administración del gasto, a un sistema de administración de seguros, que implica una reestructura en la mayoría de los procesos organizacionales, dirigidos a la nueva mecánica que está requiriendo la aplicación de la Ley del ISSSTE.

Podría afirmarse entonces, que la Institución, de manera general, esta trabajando en dar respuesta todavía a muchos retos importantes, derivados de la Reforma y ante una gran organización que permaneció sin cambios significativos durante muchos años. A continuación, detallamos algunos de éstos retos:

a) Extender la suficiencia de los recursos financieros de los Seguros de Salud e Invalidez y Vida. Con referencia a los Seguros de Salud e Invalidez y Vida, deberá hacerse un esfuerzo importante en los siguientes puntos:

• La generación detallada de la información estadística estrictamente necesaria para la toma de decisiones y el adecuado manejo de los seguros, pero con mayores niveles de confiabilidad, oportunidad y adecuadamente sistematizada.

• Tal como lo marca la Ley, continuar con el fortalecimiento de los mecanismos que permitan la separación de la función financiera, de la función prestadora de los servicios de salud. En otros términos, se requiere poner mayor énfasis en la elaboración de presupuestos de acuerdo a resultados y productividad, evitando, en esta forma, la asignación de recursos inerciales que propician la ineficiencia y el desperdicio.sentación

• La planeación del crecimiento de los recursos tanto humanos, como materiales en el área médica, sobre bases más sólidas, que incorporen pronósticos de los cambios en los patrones de morbilidad de la población, a corto y mediano plazo, y el fortalecimiento de otros mecanismos de atención médica al Derechohabiente, como la consulta vía telefónica, difusión de medidas preventivas y el auto cuidado de la salud.

• Evaluar de acuerdo a los posibles cambios en el perfil epidemiológico de la población y a la demanda potencial de servicios médicos, el personal médico y la infraestructura por nivel de atención necesaria que cubra la demanda de los servicios de salud en los próximos años.

Es también un desafío importante que el Instituto continúe desarrollando mejores esquemas para evaluar con mayor precisión el estado que guardan sus instalaciones y equipos, que aunada a los otros puntos que se han mencionado, permitan distribuir de manera óptima los recursos destinados para este fin.

• En el caso de las enfermedades crónico-degenerativas analizadas, se observa una mayor prevalencia en los Derechohabientes del ISSSTE. Esto aunado a la también alta prevalencia de los factores de riesgo de sobrepeso y obesidad, entre otros, permite prever que este tipo de enfermedades representan un alto riesgo para la operación del Seguro de Salud. Es por ello imperativo, el fortalecimiento y mejoramiento de la atención médica preventiva y de mayor énfasis en las acciones de educación sobre la salud, lo que incidirá favorablemente en la solvencia financiera del Seguro de Salud principalmente por lo que a los Pensionados se refiere.

• El envejecimiento de la población, problema que se describe con detalle en el capítulo II de este Informe, es un tema que merece la atención permanente del Instituto. Es conveniente iniciar el planteamiento de análisis específicos que permitan encontrar soluciones adecuadas para mejorar la capacidad funcional física, mental y emocional de este grupo de población. En otros términos, es indispensable prever el diseño e implantación de un modelo integral de cuidados a los adultos mayores que incluya servicios de salud; de apoyo psicológico; ejercitación física adecuada a sus condiciones específicas, entre otros.

• Este modelo integral de cuidados a los adultos mayores lograría un mejor equilibrio en la ecuación costo-beneficio de los servicios utilizados por este grupo, anticipando así, un impacto en el incremento en los costos del Seguro de Salud en su vertiente de Pensionados.

b) La puesta en marcha del Convenio signado con el Instituto Mexicano del Seguro Social, sobre Portabilidad de Derechos. Este convenio implica reglamentar un número importante de procesos operativos e informáticos y definir una serie de criterios y que necesariamente, tendrá además, repercusiones de tipo financiero, que podrían ejercer mayor presión sobre las finanzas del ya citado Seguro de Salud.

c) La incorporación de criterios de medición de la productividad. Esto permitirá mejorar la cultura de alto desempeño entre los Trabajadores del ISSSTE, lo que redituaría no sólo en un mejor servicio a los Derechohabientes, sino también en la eficientización de los gastos de administración en general.

La H. Junta Directiva y la Dirección General del Instituto, reiteran su compromiso de cuidar de los elementos que inciden en el fortalecimiento del sistema de seguridad social en beneficio de los servidores públicos y de sus familias, con la presentación de este Informe al Ejecutivo Federal por conducto de la Secretaria de Hacienda y Crédito Público, al H. Congreso de la Unión.

Lic. Miguel Ángel Yunes Linares
H. Junta Directiva del Instituto de
Seguridad y Servicios Sociales de los
Trabajadores del Estado.


BIBLIOGRAFIA.

*CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS.
*www.issste.gob.mx