jueves, 10 de diciembre de 2009

EXAMEN Y PARAMETROS DEL ENSAYO.

HOLA ABOGADOS!!! LES HAGO LA OBSERVACIÓN QUE PARA FINES DE EXAMEN FINAL POGAN MUCHA ATENCIÓN EN SUS SESIONES 5, 6, 7 Y 8; LO ANTERIOR FUE POR LO EXPLICADO EN CLASE DEL MIERCOLES.

LES ANEXO LOS PARAMETROS DE SU ENSAYO:

PARAMETROS DEL ENSAYO.


FACULTAD: LICEO UNIVERSITARIO MÉXICO.
MATERIA: Régimen Legal de Seguridad Social.
PROFESORA: LIC. CASTILLO RUIZ VIOLETA.
TEMA: “De la previsión social a la Seguridad social en México”

Evaluación 20% de calificación final. Si no la entregan no tienen derecho a examen final. De igual manera el alumno tendrá que cumplir con el 80% de asistencia total del cautrimestre para poder tener derecho para presentar la tesina y examen final.

DÍA DE ENTREGA: El alumno deberá entregar su ENSAYO el día 9 Diciembre de 2009. NO SE DARÁ PRORROGA A NINGUNA PERSONA, POR NINGUN MOTIVO, CIRCUNSTANCIA O SUCESO.

Lineamientos:

v TRABAJO INDIVIDUAL Y ORIGINAL: Trabajo individual, personal, independiente.

v CONSIDERACIONES ÉTICAS: Llevarse con total seriedad, en caso de identificar alguna situación irregular, como plagio, copia del trabajo, o cualquier otra práctica no ética, se procederá a la reprobación automática de los alumnos involucrados y a la suspensión definitiva de oportunidades adicionales.

El trabajo podrá contener elementos tomados de algún libro o ideas de determinados autores, siempre y cuando se hagan las citas respectivas en donde se dará a conocer el título de la obra, autor y año de publicación del libro, de acuerdo con los lineamientos referidos en este documento.

El énfasis del trabajo deberá radicar en el fondo o contenido técnico del tema asignado. Es necesario observar elementos de forma o presentación. Tamaño carta y tipo de letra ARIAL 12 puntos a doble espacio.

ELEMENTOS QUE DEBE CONTENER:

*CARATULA DEL TRABAJO O PORTADA (1 página)
*INDICE (1 página)
*INTRODUCCIÓN (1 página)
*OBJETIVO (1 página)
*DESARROLLO Cuartillas dependiendo la naturaleza de la temática y del tipo de trabajo desarrollado, como mínimo 15 cuartillas maximo 20 cuartillas de contenido del ensayo sin incluir carátula, índice, introducción, objetivo, conclusiones, bibliografías, citas textuales, etc.

SE SUGIERE INCLUIR LOS SIGUIENTES PUNTOS:

- FUNDAMENTACIÓN: Incluir bases teóricas, metodológicas, jurídicas, sociales, políticas, económicas, financieras u otras, que dan sustento a los argumentos y puntos de vista plasmados en el trabajo y muestran, asimismo, el conocimiento que el sustentante tiene del tema. Resulta del producto de la investigación documental, hemerográfica, búsquedas en Internet u otras fuentes de referencia y contribuye a integrar el punto de vista final y propio del sustentante. Representa el resultado de la integración de los elementos que identifique como relevantes para el caso.

- ANÁLISIS CRÍTICO: Comprende de reflexión y análisis personal, como resultado de la construcción del trabajo de fundamentación. Se manifiesta la apreciación personal del tema de ensayo y la solución o respuesta al mismo, de ser el caso. El análisis crítico involucra una posición teórica concreta del sustentante respecto del tema asignado.

CITAS TEXTUALES: Dos a Tres citas texruales, recordemos que una cita textual es un fragmento de una obra de algun autor, al cual se le reconoce sus derechos de autoría mencionando la bibliogtrafía de donde se obtuvo dicho fragmento, nosotro lo ocupamos para hacer referencia sobre alguna opinión, teoría ó pensamiento en nuestro escrito, trabajo de investigación, ensayo, tesina, etc., lo que debe llevar una cita textual son los siguientes datos:

*Nombre del autor, comenzando por mayuscula el primer apellido, el segundo apellido debe de ir con la primera letra en mayuscula, debe de ir una coma antes del Autor, el nombre del autor debe de ir con la primera inicial con mayuscula (si son varios autores, despues del nombre del primer autor se pone et. al.) seguido de estova una coma, despues va el Título del libro con mayusculas y entrecomillado, seguido va una coma y déspues la editorial, país de origen, número de édición el cual deberá estar escrito de la siguiente manera tercera edición, año de públicación y por último deberá ir las páginas de donde se saco la cita texual, las cuales deberán estar escritas de la siguiente manera p. 205 ó p. 205-206.

VGR:

KREITNER, Robert y Angelo Kinicki, et.al., “COMPORTAMIENTO DE LAS ORGANIZACIONES”, Editorial IRWIN. Madrid, Séptima edición, 1996, p. 136-137.


- CONCLUSIONES (1 a 2 páginas): Plasmar aportaciones, opiniones, recomendaciones o aspectos relevantes que el sustentante desee poner de manifiesto como producto del análisis desarrollado.

- BIBLIOGRAFIA: 3 bibliografías como mínimo de libros conocidos, sin incluir páginas de internet ni referencias hemerográficas. La lista de referencias dependerá de la naturaleza del trabajo a desarrollar.

VGR:

REFERENCIA BIBLIOGRAFICA

KREITNER, Robert y Angelo Kinicki, et.al., “COMPORTAMIENTO DE LAS ORGANIZACIONES”, Editorial IRWIN. Madrid, Séptima edición, 1996, p.p 536.

REFERENCIA HEMEROGRAFICA

Cavazos F., Baltasar. “Por qué Necesitamos un Código Procesal del Trabajo.” EL Mundo del Abogado; enero-febrero, 2000: pág.24-25.

REFERENCIA DE CONSULTAS EN INTERNET

Purdue University Wsiting Lab. (1999) Using the American Psychological Association (APA) format, http://owl.english.purdue.edu/Files/3.3html; (06-01-03).

SIN MAS POR EL MOMENTO, LES DESEO UN EXCELENTE INICIO DE EXAMENES FINALES.


ATTE.- LIC. VIOLETA C.R.

domingo, 6 de diciembre de 2009

GLOSARIO DE SEGURIDAD SOCIAL


ABOGADOS!!! ESPERANDO QUE TENGA UN BUEN INICIO DE SEMANA Y QUE LES SEA LEVE, LES ANEXO SU SESIÓN 13 DE SU BLOG.

OBJETIVO.

EL ALUMNO APRENDERA Y CONOCERA ALGUNOS CONCEPTOS SOBRE SEGURIDAD SOCIAL LOS CUALES LES SERVIRAN PARA SU CONOCIMIENTO CULTURAL Y PARA REFORZAR LA INFORMNACIÓN SOBRE EL CURSO.

I. TERMINOS DE PREVENCIÓN SOCIAL

ACCIDENTE DE TRABAJO
La ley define como accidente de trabajo, todo suceso repentino que sobrevenga por causa o con ocasión del trabajo, y que produzca en el trabajador una lesión orgánica, una perturbación funcional, invalidez o la muerte. Por lo tanto:
- El ocurrido en cumplimiento de labores cotidianas o esporádicas de la empresa.
- El que se produce en cumplimiento del trabajador regular, de órdenes o en representación del empleador así sea por fuera de horarios laborales o instalaciones de la empresa.
- El que sucede durante el traslado entre la residencia y el trabajo en transporte suministrado por el empleador.
APORTACIONES DE SEGURIDAD SOCIAL EN SALUD
Son las contribuciones establecidas en la ley a cargo de personas, cuyo pago lo hace el Estado para cumplir con las obligaciones fijadas por la ley por servicios de seguridad social proporcionados por el mismo Estado.
ASISTENCIA SOCIAL
En algunos países en particular los escandinavos, la seguridad social comenzó con regímenes de lo que hoy se llama «asistencia social», financiados por el erario nacional y no mediante cotizaciones de los afiliados y con prestaciones cuyo moto se ajustaba según los recursos que dispusieran los beneficiarios.
Entre sus principales características se consideran:
- El gobierno, nacional, o local, que administra el régimen sufraga la totalidad de su costo.
- La percepción de las prestaciones es un derecho reconocido por la ley cuando se dan los casos de necesidad prescritos.
- Al evaluar la necesidad se tienen en cuenta los otros ingresos que percibe la persona y los recursos que posee, si bien algunos de estos últimos como ahorros razonables, pueden no tomarse en consideración. - Las prestaciones que se conceden tienen por objeto aumentar el total de ingresos de los beneficiarios hasta cierto mínimo fijado por la sociedad habida cuenta, factores como el tamaño de la familia y determinadas obligaciones fijas ineludibles.
- Las prestaciones no guardan relación con las ganancias anteriores de los beneficiarios ni con sus niveles de vida normales.
BIENESTAR SOCIAL
Se refiere al nivel alcanzado en la satisfacción de las necesidades básicas fundamentales de la sociedad, que se expresan en los niveles de educación, salud, alimentación, seguridad social, vivienda, desarrollo urbano y medio ambiente.
El bienestar social, en términos económicos se puede medir en función del incremento del producto per cápita real; el aumento en la participación del gasto social respecto al total de egresos, mejoría en la distribución del ingreso, aumento del empleo y fortalecimiento en la balanza de pagos; en el ámbito social se mediría por el incremento en los niveles de salud, educación, vivienda,
alimentación y erradicación de la pobreza extrema; desde el aspecto ecológico a través del combate a la contaminación, reforestación de áreas verdes y fortalecimiento de la red hidráulica y su dosificación, entre otros.
COPAGO
Es un pequeño porcentaje que deben pagar los beneficiarios del Régimen Contributivo o Régimen Subsidiado cuando reciben atención por algunos servicios obtenidos en el Plan Obligatorio de salud.
CUOTA MODERADORA
Son sumas de dinero que cancelan los afiliados y beneficiarios cada vez que utilizan los servicios y se liquida según su base de cotización.
ENFERMEDAD PROFESIONAL
La Ley define como Enfermedad Profesional, todo estado patológico o temporal que sobrevenga a un trabajador como consecuencia obligada y directa de la clase de trabajo, o del medio en que se ha visto obligado a laborar, y que haya sido determinada como Enfermedad Profesional por el Gobierno Nacional.
FOCALIZACIÓN
Es el proceso por medio del cual el Gobierno Nacional, Departamental y Municipal garantiza la adecuada distribución del gasto social para la población más pobre y vulnerable, previa identificación socio - demográfica.
FONDO DE RIESGOS PROFESIONALES
El Fondo de Riesgos Profesionales, cuenta especial de la Nación, adscrita al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, con objeto de posibilitar el desarrollo de estudios, campañas y acciones de educación, prevención e investigación de los accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, y divulgación para la prevención de Riesgos de origen profesional. Los recursos del Fondo provienen del 1% de las cotizaciones del sistema de Riesgos Profesionales, las sanciones pecuniarias impuestas por incumplimiento de normas, aportes provenientes del Presupuesto Nacional y de entidades territoriales y donaciones de diversa índole.
FOSYGA
El Fondo de Solidaridad y Garantía – FOSYGA, es una cuenta adscrita al Ministerio de Salud, se maneja por encargo fiduciario, sin personería jurídica y sin planta de personal propia. El Consejo Nacional de Seguridad Social en Salud hace las veces de Consejo de Administración del Fondo. Esta integrado por las siguientes subcuentas:
- Compensación interna del Régimen Contributivo (compensación entre personas de distintos ingresos y riesgos)
- Solidaridad del Régimen Subsidiado en Salud (afiliación de la población más pobre)
- Promoción de Salud ( educación, información y fomento de la salud, prevención de la enfermedad).
- Riesgos Catastróficos y Accidentes de Trabajo (atención de victimas por eventos catastróficos y accidentes de trabajo).
FUNCIONAMIENTO DEL SISTEMA GENERAL DE SEGURIDAD SOCIAL EN
SALUD
El Sistema de Seguridad Social en Salud (SGSSS) funciona como contratos en dos regímenes de afiliación: i) REGIMEN CONTRIBUTIVO, al que se afilian los que tienen una vinculación laboral y sus familias; los pensionados y sus familias; y los independientes que tienen capacidad de pago y sus familias; ii)
REGIMEN SUBSIDIADO EN SALUD, es el conjunto de normas que rigen el ingreso de las personas “familias más pobres y vulnerables especialmente aquellas con niños, madres gestantes, ancianos, indigentes, o que viven en zonas rurales”; es decir la población de menores recursos económicos, sin capacidad de pago; esta afiliación se hace a través del pago total o parcial de la unidad de pago por capitación subsidiada, con recursos fiscales o de solidaridad.
PLANES DE ATENCIÓN COMPLEMENTARIA
Son conjuntos de servicios de salud contratados mediante la modalidad de prepago que garantiza la atención en el evento de requerirse actividades, procedimientos o intervenciones no incluidas en el Plan Obligatorio de Salud o que garantizan condiciones diferentes o adicionales de hotelería o tecnología o cualquier otra característica en la prestación de un servicio incluido en el POS.
PLAN OBLIGATORIO DE SALUD (POS)
Es el conjunto básico de servicios de atención en salud a que tiene derecho, en caso de necesitarlos, todo afiliado al Régimen Contributivo que cumpla con las obligaciones establecidas para el efecto y a que están obligadas las prestadoras de servicios.
PLAN OBLIGATORIO DE SALUD SUBSIDIADO (POS – S)
Es el conjunto básico de servicios de atención en salud a que tienen derecho los afiliados al Régimen Subsidiado, incluye acciones de promoción y prevención, atención de consulta externa, hospitalaria de menor complejidad, atención a la madre gestante y al menor de un año, y atención para enfermedades de alto costo.
PRESTACIONES DE LA SEGURIDAD SOCIAL
El objetivo de la seguridad social consiste en proporcionar ayuda, financiera o de otro tipo en caso de pérdida o reducción de los ingresos, de allí la existencia de disposiciones relativas y de prestaciones en los regímenes.
El Convenio 102 de la OIT, agrupa las prestaciones con arreglo a sus funciones y sólo impone condiciones mínimas que todos los países industrializados o en desarrollo, puedan establecer en el momento adecuado.
Las prestaciones que contempla el Convenio, suman nueve en total y son las siguientes:
- Asistencia médica
- Prestaciones monetarias de enfermedad
- Prestaciones de desempleo
- Prestaciones de vejez
- Prestaciones de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales
- Prestaciones familiares
- Prestaciones de maternidad
- Prestaciones de sobrevivientes
PRESTADORES DE SERVICIOS EN SALUD
La EPS, es la entidad promotora de salud, es decir donde se afilia el trabajador y su grupo familiar, etc. Las IPS, son los hospitales, clínicas, centros de salud, consultorios, laboratorios a donde las personas van a que se atiendan las necesidades de salud.
PREVENCIÓN DE LA ENFERMEDAD
Conjunto de acciones para la identificación, control y reducción de los factores de riesgo biológico, del ambiente y del comportamiento, a fin de evitar que la enfermedad aparezca o se prolongue u ocasione daños mayores o genere situaciones inevitables.
PROTECCIÓN SOCIAL
El concepto y la definición de protección social difieren considerablemente en las distintas sociedades. En las definiciones y en la selección de los miembros de la sociedad influyen distintas tradiciones, culturas y estructuras organizativas y políticas. Se entiende por esta, en un sentido amplio, un conjunto de políticas y programas gubernamentales y privados con los que las sociedades dan respuesta a diversas contingencias a fin de compensar la falta o reducción sustancial de ingresos provenientes del trabajo, brindar asistencia a las familias con hijos y ofrecer atención médica y vivienda a la población.
PROMOCIÓN DE LA SALUD
Son aquellas actividades, procedimientos, intervenciones y programas de atención de carácter educativo e informativo, individual o colectivo, tendientes a crear o reforzar conductas y estilos de vida saludables, y a modificar o suprimir aquellas que no sean; a informar los riesgos y los factores protectores de los mismos; así como a la realización de acciones conjuntas para garantizar los derechos y satisfacer las necesidades básicas a las personas, tales como vivienda, educación trabajo, recreación, alimentación, servicios de salud, entre otros con el propósito de mejorar la calidad de vida y propender por el bienestar social.
QUE ES UNA ARS
Es la sigla utilizada para referirse a las instituciones que han sido autorizadas como administradoras de los subsidios en salud, dentro de las cuales se encuentran las Entidades Promotoras de Salud (EPS), las Cajas de Compensación Familiar (CCF) y las Empresas Solidarias de Salud (ESS).
SISBEN
Es el sistema de identificación de beneficiarios de programas sociales. Consiste en una encuesta que permite obtener información socio – económica confiable y actualizada de grupos específicos de la población en todos los distritos y municipios del país, representada mediante un indicador resumen de calidad de vida. La encuesta ofrece resultados de niveles de pobreza, los cuales se identifican de 1 a 6 , constituyéndose como beneficiarios del Régimen Subsidiado la población perteneciente a los niveles 1 y 2 del SISBEN.
SISTEMA DE RIESGOS PROFESIONALES
Es el conjunto de normas, entidades y procedimientos destinados a prevenir, proteger y atender a los trabajadores, de los efectos de las enfermedades y los accidentes que puedan ocurrir con ocasión o como consecuencia del trabajo.
SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL EN SALUD
Es el derecho que tienen todas las personas a protegerse integralmente contra los riesgos que afectan sus condiciones de vida en especial las que menoscaban la salud y la capacidad económica, con el fin de lograr en bienestar individual y el de la comunidad. El sistema esta hecho para todos los hombres y mujeres, jóvenes y ancianos, ricos y pobres, trabajadores o no, que vivan en las ciudades o en el campo.
SUBSIDIO DE OFERTA
Es el aporte económico a cargo del Estado, dirigido a las instituciones públicas hospitalarias o a los particulares con los cuales contrata, con el fin de garantizar la atención de las personas de escasos recursos o que aún no han ingresado al Sistema de Seguridad Social en Salud.
SUBSIDIO DE DEMANDA
Es el pago fijo que hace el Estado por un plan de servicios a los cuales tiene acceso una persona. Este subsidio se genera en el momento en que el beneficiario es afiliado al Sistema General de Seguridad Social en Salud, a través del pago de valor de la UPC – S a una administradora del Régimen Subsidiado.
U.P.C
Significa Unidad de Pago por Cotización ( UPC ) y corresponde al valor anual que reconocerá el FOSYGA a la EPS por cada uno de los afiliados al Sistema General de Seguridad Social en Salud.
II. CONCEPTOS RELACIONADOS
DEFINICIÓN DE POBREZA
El termino “pobreza” tiene distintos significados en las ciencias sociales. En un trabajo reciente, Paúl Spicker (1999) identifica once posibles formas de interpretar esta palabra: necesidad, estándar de vida, insuficiencia de recursos, carencia de seguridad básica, falta de titularidades, privación múltiple, exclusión, desigualdad, clase, dependencia y padecimiento inaceptable. Todas estas interpretaciones serían mutuamente excluyentes, aunque varias de ellas pueden ser aplicadas a la vez, y algunas pueden no ser aplicables a esta situación.
Si bien la medición de la pobreza puede estar basada en cualquiera de estas definiciones, la mayoría de los estudios económicos sobre pobreza han centrado su atención casi exclusivamente en lo concerniente a “necesidad”, “estándar de vida” e “insuficiencia de recursos”.
La interpretación de “necesidad” se refiere a la carencia de bienes y servicios materiales requeridos para vivir y funcionar como un miembro de la sociedad; por lo tanto, bajo este enfoque se limita la atención a artículos específicos. En cambio, el término “estándar” no se refiere exclusivamente a privaciones determinadas, sino al hecho de vivir con menos que otras personas; por lo tanto si su ingreso no le permite adquirir esas cosas, puede ser considerada “pobre”.
A la vez la pobreza puede ser considerada como “insuficiencia de recursos”, es decir, la carencia de riqueza para adquirir lo que una persona necesita.
Por lo cual son diversas las interpretaciones, y no siempre es posible clasificar un método de medición de la pobreza de manera unívoca dentro de cualquiera de las definiciones. Sin embargo, varios de los métodos más utilizados guardan una relación preferente con alguna de ellas, Ejemplo: métodos de “necesidades básicas insatisfechas”, esta basado primordialmente en una concepción de la pobreza como “necesidad”. En este enfoque no importa si los individuos poseen el ingreso para satisfacer sus necesidades básicas, sino que efectivamente hayan sido cubiertas. El ”método de líneas de pobreza a partir del costo de las necesidades básicas”, en tanto, se relaciona con la definición de “estándar de vida”. En el, se considera pobres a las personas cuyo ingreso o consumo no es suficiente para mantener un nivel de vida considerado mínimo. Por su parte el método “relativo” está ligado con la interpretación de pobreza como “insuficiencia de recursos”, ya que la satisfacción de necesidades especificas es irrelevante, y lo que importa es que los recursos disponibles permitan llevar una “forma de vida aceptable” de acuerdo a estándares sociales prevalecientes.
ECONOMIAS DE ESCALA
Caracterizadas por costos marginales decrecientes para alcanzar un mínimo nivel de bienestar ante la adición de un nuevo miembro al hogar. Relacionado con la existencia de bienes públicos en el hogar, que puedan ser “compartidos” sin que haya una reducción del bienestar de las personas.
EFICACIA
Capacidad de lograr los objetivos y metas programadas con los recursos disponibles en lugar, tiempo, calidad, metas y objetivos establecidos.
EFICIENCIA
Uso racional de los medios con que se cuenta para alcanzar un objetivo y metas programadas con el mínimo de recursos disponibles y tiempo, logrando su optimización.
GASTO DE SEGURIDAD SOCIAL
Pagos en efectivo realizados a favor de los beneficiarios de los programas de seguridad social (pensión por jubilación, enfermedad, subsidio de desempleo, etc).
INDEMNIZACION LABORAL
Pago adicional al salario que una empresa otorga a un trabajador en caso de despido injustificado en los términos de la Ley del Trabajo.
INDICE DE DESARROLLO HUMANO (IDH)
Desde 1990, el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD) presenta su Informe sobre Desarrollo Humano. En él se evalúa el estado del “desarrollo humano”, definido como el proceso de ampliación de las posibilidades de elección de las personas., generado como alternativa al PIB per capita para medir el avance de las condiciones de vida de la humanidad; abarca tres dimensiones fundamentales de la vida humana: longevidad, conocimiento y nivel de vida decente.
INDICE DE POBREZA HUMANA (IPH)
Una extensión más reciente del IDH es el Indice de Pobreza Humana, introducido en 1997 para medir específicamente la pobreza. En el IPH, la longevidad se representa por el porcentaje de personas que no sobrevivirá hasta los 40 años, y la falta de conocimientos se mide como el porcentaje de adultos analfabetos. El indicador de nivel de vida es el promedio simple sobre el porcentaje de personas sin acceso agua potable, el porcentaje sin acceso a servicios de salud y el porcentaje de niños menores de cinco años con peso insuficiente.
INVERSIÓN EN INFRAESTRUCTURA FÍSICA EN SALUD
Corresponde a gastos que se incurren por concepto de compra, construcción, remodelación, ampliación, mantenimiento y conservación de infraestructura física para la prestación de servicios medico asistenciales y apoyo administrativo
JUBILACION
Prestación de carácter laboral, contenida en los contratos de trabajo, que consiste en la entrega de una pensión vitalicia a los trabajadores cuando cumplen determinados requisitos de antigüedad, edad o en caso de invalidez por accidente de trabajo, que cubre parte o la totalidad del sueldo que el trabajador percibía al momento de su retiro.
LINEA DE POBREZA
Para determinar si una persona es pobre, es posible adoptar un enfoque “directo” o uno “indirecto”. En el enfoque “directo”, una persona pobre es aquella que no satisface una o varias necesidades básicas, como por ejemplo, una nutrición adecuada, un lugar decente para vivir, educación básica, etc. El enfoque “indirecto”, en cambio, clasificará como pobres a aquellas personas que no cuenten con los recursos suficientes para satisfacer sus necesidades básicas.
MASA SALARIAL
Se define como la remuneración de los asalariados en dinero o en especie, que un establecimiento o industria paga a un asalariado como contraprestación por el trabajo que éste realiza, más el valor de las contribuciones sociales a pagar por el empleador a los sistemas de seguridad social obligatoria, o a los sistemas privados de seguro social.
NECESIDADES BASICAS
Este enfoque clasifica a los hogares como pobres si no logran cubrir alguna de sus necesidades en el ámbito de la alimentación, vestido, vivienda, salud, educación, u otras; vale decir, el bienestar se relaciona directamente con la satisfacción ex – post de necesidades básicas.
PAGOS POR CONCEPTO DE SEGURIDAD SOCIAL
Son las asignaciones destinadas a cubrir la parte que corresponde a las dependencias y entidades del Gobierno, por concepto de las diversas prestaciones de seguridad social en beneficio del personal a su servicio, tanto de carácter permanente como transitorio, de acuerdo con las disposiciones legales vigentes.
PAGOS POR OTRAS PRESTACIONES DE SEGURIDAD SOCIAL
Erogaciones que realizan las dependencias y entidades del Gobierno, a favor del personal a su servicio, con el fin de cubrirles prestaciones sociales y económicas establecidas en las leyes vigentes sobre la materia o en las relaciones contractuales respectivas.
PENSION
Prestación social otorgada mediante la asignación de una cantidad de dinero mensual o anual a un trabajador o a su familia, por un servicio prestado anteriormente.
POBLACION ECONOMICAMENTE ACTIVA (PEA)
Es el grupo de personas de 12 años o más que suministran mano de obra disponible sea o no remunerada para la producción de bienes y servicios. La constituyen todas las personas que tienen algún empleo y aquéllas que están buscándolo (desocupación abierta).
POBLACION ECONOMICAMENTE INACTIVA (PEI)
Es el grupo de personas de 12 años o más que la semana anterior a la entrevista no se encontraba ocupada, ni en situación de desocupación abierta, pero que declararon estar dispuestas a trabajar en forma inmediata, aún cuando no lo buscaron activamente en los meses anteriores al periodo de referencia, por razones atribuibles al mercado de trabajo (desocupación abierta).
POLITICA SOCIAL
Conjunto de directrices, orientaciones, criterios y lineamientos conducentes a la preservación y elevación del bienestar social, procurando que los beneficios del desarrollo alcancen a todas las capas de la sociedad con la mayor equidad.
POLITICA SALARIAL
Conjunto de directrices, orientaciones, criterios y lineamientos conducentes a fijar las remuneraciones del factor trabajo, de acuerdo a los intereses, necesidades y posibilidades del entorno económico.
PRESTACIONES LABORALES
Son los beneficios complementarios al sueldo que las dependencias del sector otorgan a sus trabajadores, pudiendo ser éstas de carácter económico y sociocultural, derivadas de las relaciones laborales y contractuales.
SALARIO
Es la retribución que debe pagar el patrón al trabajador por su trabajo. El salario puede fijarse por unidad de tiempo, por unidad de obra, por comisión, a precio alzado o de cualquier otra forma convenida El salario se integra con los pagos hechos en efectivo, por cuota diaria, gratificaciones, percepciones, habitación, primas, comisiones, prestaciones en especie, y cualquier otra cantidad o prestación que se entregue al trabajador por su trabajo.
SALARIO MINIMO
Cantidad menor que debe recibir en efectivo el trabajador por los servicios prestados en una jornada de trabajo. Pueden ser generales por una o varias áreas geográficas o pueden ser profesionales para una rama determinada de actividad económica o para profesiones, oficios o trabajos especiales dentro de una o varias áreas geográficas. Los salarios mínimos se fijan por la Comisión Nacional de los Salarios Mínimos integrada por representantes de los trabajadores, patrones y el Gobierno, la cual se puede auxiliar de comisiones especiales de carácter consultivo. El salario mínimo de acuerdo con la ley deberá ser suficiente para satisfacer las necesidades normales de un jefe de familia en el orden material, social y cultural, y para proveer la educación básica a los hijos.
SECTOR SOCIAL
Conjunto de organizaciones que no dependen del Sector Público y que son ajenas al sector privado: ejidatarios, comunidades agrícolas, pequeños propietarios, asociaciones de artesanos, cooperativas, empresas sindicales, sindicatos, partidos políticos, etc.
SUELDO BASICO DE PENSION
Es el monto al cual se le aplicarán los porcentajes establecidos, según el beneficio, para obtener el monto de pensión.
SUELDO BASICO JUBILATORIO
Es el monto que se obtiene a partir de las asignaciones computables del trabajador (en un determinado periodo de tiempo) y al cual luego se le aplica la tasa de reemplazo que corresponda.
BIBLIOGRAFIA.
*Información obtenida durante el curso de la materia de Régimen Legal de seguridad Social.

martes, 1 de diciembre de 2009

MARCO JURÌDICO DEL INFONAVIT

ABOGADOS HACIENDO CUMPLIMIENTO DE SU PROGRAMA LES ANEXO SU SESIÓN NÚMERO DOCE DE BLOG, LA ACTIVIDAD A REALIZAR SERÁ EL ESTUDIAR EL TEMA PARA QUE EN LA SESIÓN DE CLASE APORTEN A MANERA DE LLUVIA DE IDEAS SUS OPINIONES Y COMPRENSIÓN DE LA MISMA, ASI COMO SUS DUDAS QUE GENERE DICHO TEMA.

ATTE.-

LIC. VIOLETA C.R.


OBJETIVO.

EL ALUMNO CONOCERÁ, COMPRENDERÁ EL REGLAMENTO DE LA LEY DEL INFONAVIT PARA QUE CONOZCA EL ALUMNO SOBRE DICHO TEMA.


MARCO JURIDICO

Reglamento de la Ley del Infonavit en Materia de Transparencia y Acceso a la Información
Reglas para el otorgamiento de créditos y tablas
Reglas para el otorgamiento de créditos y tablas
Tablas de Montos Máximos
Reglas para el Otorgamiento de Créditos al Amparo del Artículo 43 bis de la Ley del Infonavit
Reglamento de la Comisión de Inconformidades y de Valuación del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores


REGLAMENTO DE LA LEY DEL INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL DE LA
VIVIENDA PARA LOS TRABAJADORES EN MATERIA DE TRANSPARENCIA
Y ACCESO A LA INFORMACIÓN
CAPÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1. El presente ordenamiento tiene por objeto reglamentar las obligaciones de transparencia, acceso a la información y a los datos personales, su corrección, y la organización de archivos a cargo del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, así como garantizar el acceso a la información en posesión de dicho Instituto.
Artículo 2. Para los efectos de este Reglamento, además de las definiciones contenidas en otros ordenamientos aplicables, se entenderá por:
I. INFONAVIT: el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores;
II. IFAI: el Instituto Federal de Acceso a la Información Pública;
III. Normatividad del INFONAVIT: la expedida por la Asamblea General del INFONAVIT en materia de transparencia y acceso a la información, de conformidad con el artículo 10, fracción X, de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores;
IV. Derogada;
V. Comité de Transparencia y Acceso a la Información del INFONAVIT: El comité referido en los artículos 25 bis y 25 bis 1 de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores;
VI. Contraloría Interna: La Contraloría Interna del INFONAVIT;
VII. Reglamento: el presente Reglamento;
VIII. Unidad de Enlace: La unidad administrativa del INFONAVIT que será el vínculo con el solicitante, encargada de recibir y dar trámite a una solicitud de información, hacer las gestiones internas para que se resuelva y entregue, y efectuar la notificación de la resolución que corresponda;
IX. Solicitante: Cualquier persona que ejerce su derecho de acceso a la información del INFONAVIT o a sus datos personales o a la corrección de estos últimos, y
X. Sistemas de Solicitudes de Información: el o los sistemas de solicitudes de información del IFAI o del INFONAVIT que permitan la recepción, procesamiento y trámite de las solicitudes de acceso a la información que formulen los particulares, su respuesta y notificación, así como, en su caso, la entrega de la información, incluyendo las solicitudes de acceso a datos personales y su corrección.
Artículo 3. Toda información en poder del INFONAVIT es pública y cualquier persona tendrá acceso a la misma en los términos que señalan los ordenamientos legales aplicables y este Reglamento, con excepción de aquélla que conforme a la ley tenga el carácter de reservada o confidencial.
Artículo 4. El presente Reglamento es de observancia obligatoria para los empleados y funcionarios del INFONAVIT, quienes deberán sujetar su comportamiento a lo establecido en el Código de Ética del mismo.
Artículo 5. La Unidad de Enlace, la Contraloría Interna o cualquiera otra unidad administrativa del INFONAVIT que reciba comunicaciones oficiales del IFAI, les dará la debida atención y trámite.
Artículo 6. Para los efectos de los artículos 25 bis y 25 bis 1 de la Ley del INFONAVIT, la Normatividad del INFONAVIT deberá atender a los principios previstos en la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental y de este Reglamento.
CAPÍTULO II
DEL ACCESO A LA INFORMACIÓN
Artículo 7. El INFONAVIT deberá llevar a cabo las acciones necesarias para que su Unidad de Enlace reciba y atienda las solicitudes de acceso a la información y a datos personales y de su corrección, mediante los Sistemas de Solicitudes de Información.
Los particulares podrán optar por utilizar el Sistema de Solicitudes de Información del IFAI que se encuentra en el sitio de Internet de este último, o bien, en el Sistema de Solicitudes de Información que adopte el INFONAVIT.
Artículo 8. El IFAI tendrá en todo momento acceso remoto al sistema de solicitudes de información que adopte el INFONAVIT, de forma tal que conozca el estado que guardan las solicitudes de información en cuanto a su recepción, procesamiento, trámite, respuesta y notificación, así como su entrega a cargo del INFONAVIT.
Artículo 9. La Unidad de Enlace, las oficinas y delegaciones del INFONAVIT deberán registrar la recepción, procesar y dar trámite a todas las solicitudes de información, a través de los Sistemas de Solicitudes de Información, independientemente de que la recepción haya sido física, por correo certificado, mensajería o medios electrónicos.
Los Sistemas de Solicitudes de Información invariablemente asignarán un número de folio a cada solicitud de información que se presente ante el INFONAVIT; este número de folio será irrepetible para que los solicitantes puedan dar seguimiento a sus solicitudes.
El INFONAVIT incorporará en su sitio de Internet, de manera permanente, un vínculo al sitio del Sistema de Solicitudes de Información del IFAI. Este sitio deberá aparecer de manera clara y accesible en el portal principal de Internet del INFONAVIT.
CAPÍTULO III
DE LOS RECURSOS
Artículo 10. La interposición, sustanciación y resolución de los recursos ante el Comité de Transparencia y Acceso a la Información del INFONAVIT, se harán en términos de lo dispuesto por la normatividad del INFONAVIT. Contra las resoluciones a los recursos referidos, los solicitantes podrán acudir ante las instancias jurisdiccionales competentes.
Artículo 11. Los solicitantes podrán recurrir, en los términos de la normatividad del INFONAVIT, ante el Comité de Transparencia y Acceso a la Información del INFONAVIT, las resoluciones por las que se niegue la entrega o corrección de datos personales y aquéllas en las que el solicitante no esté conforme con el tiempo, costo, modalidad de entrega o considere que la información entregada es incompleta o que no corresponde con la requerida, así como en los casos de falta de respuesta a una solicitud de acceso a datos personales o a la corrección de éstos.
Artículo 12. Para la interposición de los recursos a que se refieren los artículos 10 y 11 de este Reglamento, los promoventes podrán utilizar el Sistema de Solicitudes de Información del INFONAVIT, o bien, hacerlo a través del Sistema de Solicitudes de Información del IFAI.
Artículo 13. La falta de respuesta a una solicitud de acceso, dentro de los veinte días hábiles siguientes a aquél en que haya sido realizada, se entenderá resuelta en sentido positivo, por lo que el INFONAVIT quedará obligado a darle acceso al solicitante en un periodo no mayor a 10 días hábiles, cubriendo todos los costos generados por la reproducción del material informativo, salvo que el INFONAVIT determine que los documentos en cuestión sean reservados o confidenciales.
En estos casos, los solicitantes podrán promover ante el Comité de Transparencia y Acceso a la Información del INFONAVIT la verificación de falta de respuesta en los términos previstos en las disposiciones aplicables.
CAPÍTULO IV
DE LOS ARCHIVOS DEL INFONAVIT
Artículo 14. El INFONAVIT deberá cumplir con la obligación de ubicar, mantener, conservar y actualizar la información disponible, conforme a los principios contenidos en las disposiciones legales correspondientes y a las políticas que sobre la materia se expidan en términos de las disposiciones aplicables.

BIBLIOGRAFÍA

Fuentes: Informe Anual de Actividades, 1972-2009
Infonavit 15 Años
Diálogos Infonavit 30 años
El proceso de modernización en el Infonavit 2001-2009
Revista Informavit, 1973-2009