martes, 6 de octubre de 2009

SISTEMAS DE FINANCIAMIENTO

ABOGADOS, EPERANDO QUE TENGAN UN MAGNIFICO DÍA!!!!, LES ENVIO SU SESIÓN DE BLOG NÚMERO CINCO, EN LA CUAL USTEDES TENDRAN QUE ESTUDIAR, YA QUE LES APLICARE EXAMEN SOBRE LO ESCRITO EN EL PRESENTE OCURSO.
OBJETIVO.
EL ALUMNO ENTENDERA. ANALIZARA Y CONOCERA LOS SISTEMAS DE FINANCIMIENTO DE LAS MODALIDADES DE LAS PENSIONES, Y LAS CANTIDADES QUE LE CORRESPONDE A CADA UNA DE LAS PARTES PARA CUMPLIR CON LOS SISTEMAS Y FORMAS PARA PENSIONARSE O JUBILARSE, PARA DÉSPUES PONERLOS EN PRACTICA EN LA VIDA COTIDIANA.
SISTEMAS DE FINANCIAMIENTO.

A efecto de cumplir con tal propósito el Seguro Social comprende el régimen obligatorio y el régimen voluntario. El régimen obligatorio cuenta con cinco ramos de seguro que se financian con contribuciones provenientes de los patrones, el Estado y los propios trabajadores. Estos son: Enfermedades y Maternidad, Riesgos de Trabajo; Invalidez y Vida, Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez, y Guarderías y Prestaciones sociales.

Son sujetos de aseguramiento del régimen obligatorio: los trabajadores, los miembros de
sociedades cooperativas de producción y las personas que determine el Ejecutivo Federal a través del decreto respectivo.

Voluntariamente, mediante convenio con el Instituto, podrán ser sujetos de aseguramiento los trabajadores en
industrias familiares y los independientes como profesionales, comerciantes en pequeño, artesanos y demás trabajadores no asalariados, los trabajadores domésticos, los ejidatarios, comuneros, colonos y pequeños propietarios; los patrones personas físicas con trabajadores asegurados a su servicio y los trabajadores al servicio de las administraciones públicas de la Federación, entidades federativas y municipios que estén excluidas o no comprendidas en otras leyes o decretos como sujetos de seguridad social.

Cada uno de estos ramos de aseguramiento es distinto porque protegen al trabajador y sus beneficiarios contra situaciones diferentes, mediante prestaciones en especie y en
dinero. Tenemos así que:

El seguro de
Enfermedades y Maternidad brinda la atención médica, quirúrgica, farmacéutica y hospitalaria necesaria al trabajador y su familia. Además, otorga prestaciones en especie y en dinero que incluyen, por ejemplo: ayuda para lactancia y subsidios por incapacidades temporales.

El seguro de
Riesgos de Trabajo protege al trabajador contra los accidentes y enfermedades a los que está expuesto en ejercicio o con motivo del trabajo, brindándole tanto la atención médica necesaria, como protección mediante el pago de una pensión mientras esté inhabilitado para el trabajo, o a sus beneficiarios en caso de fallecimiento del asegurado.

El seguro de
Invalidez y Vida protege contra los riesgos de invalidez y muerte del asegurado o del pensionado por invalidez cuando éstos no se presentan por causa de un riesgo de trabajo mediante el otorgamiento de una pensión a él o sus beneficiarios.

El de Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez es el seguro mediante el cual el trabajador cotizante ahorra para su vejez, y por tanto, los riesgos que cubre son el retiro, la cesantía en edad avanzada, la vejez del asegurado, así como la muerte de los pensionados por este seguro. Con la contratación de este seguro, el trabajador tendrá derecho a una pensión, asistencia médica, y las asignaciones familiares y ayuda asistencial que correspondan al cubrir los requisitos que marca la Ley.

Finalmente, el seguro de
Guarderías y Prestaciones Sociales otorga al asegurado y sus beneficiarios los servicios de guarderías para sus hijos en los términos que marca la Ley, y proporciona a los derechohabientes del Instituto y la comunidad en general prestaciones sociales que tienen por finalidad fomentar la salud, prevenir enfermedades y accidentes y contribuir a la elevación general de los niveles de vida de la población mediante diversos programas y servicios.
El Congreso aprobó la Iniciativa y el 19 de Enero de 1943 sé público en el Diario Oficial de la Federación la "Ley del Seguro Social."

Ahí se determina, desde los artículos iniciales, que la finalidad de la seguridad social es garantizar el derecho humano a la salud, la asistencia médica, la protección de los medios de subsistencia y los servicios sociales necesarios para el bienestar individual y colectivo.

Como instrumento básico de la seguridad social establece el Seguro Social y para administrarlo y organizarlo, se decreta la creación de un organismo público descentralizado, con personalidad y patrimonio propios, denominado Instituto Mexicano del Seguro Social.

Ampliar las perspectivas; A partir de 1970 hay un giro importante en la manera de entender la realidad nacional; se percibe la necesidad de hacer extensivos a toda la población los frutos del
desarrollo económico logrado por el país.

El Seguro Social se entiende como una de las instituciones más eficaces para construir la justicia social entre los mexicanos y se busca favorecer su expansión y consolidar su funcionamiento.

Durante 1972 se iniciaron los estudios para realizar múltiples e importantes adiciones a la Ley del Seguro Social; fueron a probadas por el Congreso de la Unión y publicadas en 1973.

La nueva ley ampliaba los beneficios del régimen obligatorio, extendía la seguridad social a los ejidatarios, comuneros y pequeños propietarios organizados e implantaba el ramo de guarderías en toda la republica.

El rasgo más transcendente de esta ley fue la más clara intención de que el Seguro Social no se quedara en una mera instancia de justicia laboral sino que, en la medida de las posibilidades, tendería a construir una "seguridad social integral". En estos términos se entiende la facultad otorgada al IMSS, de extender su acción a poblaciones marginadas, sin capacidad de pagar cuota alguna.

Así comenzó a operar el
Programa Nacional de Solidaridad Social por Cooperación Comunitaria, en 1979, en el Programa IMSS-Coplamar por Cooperación Comunitaria y, al desparecer el organismo Coplamar, tomó el nombre que lleva hasta la fecha: Programa IMSS-Solidaridad.

En 1982 y en años posteriores, el Instituto siguió avanzando para lograr que la totalidad de la población con una relación formal de trabajo se incorporará al sistema de seguridad social.

Las crisis económicas de los últimos tiempos han afectado seriamente la situación financiera y, por consiguiente, la operatividad de la institución. Durante todo el año de 1995 se realizó un profundo proceso de auto-examen para detectar todo aquello que dejó de ser funcional y buscar con la colaboración de los involucrados y de la población en general, la solución de los problemas de fondo.

De este proceso surgió la iniciativa de una Nueva Ley del Seguro Social, aprobada por el Congreso de la Unión y publicada en el Diario Oficial de la Federación en diciembre del mismo año 1996. la Nueva Ley entre otras cosas modifica radicalmente el sistema de pensiones para asegurar su viabilidad financiera y una mayor equidad en el mediano y largo plazos.

En 1996 el Gobierno Mexicano promulgó la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro y preparó el marco jurídico para la operación en México de empresas privadas que administren los fondos de pensiones de los trabajadores.

Beneficios del nuevo sistema

· Cada trabajador tiene su cuenta individual.
· El gobierno aporta una cuota social.
· El trabajador recibirá su estado de cuenta en su domicilio.
· Se garantiza una pensión mínima.
· El trabajador elige su Afore.
· El trabajador decide la Siefore que más le convenga.

Propósito del ahorro para el retiro

1. Incrementar el ahorro interno del país para financiar mayor inversión y llevar la economía a una fase de crecimiento sostenido.

2. Mejorar la situación económica de los trabajadores en su retiro.

3. Dar acceso a los trabajadores a instrumentos financieros de ahorro.

CONSAR

La Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro (CONSAR) es el organismo encargado de coordinar, regular y vigilar el funcionamiento del nuevo sistema de pensiones y a sus participantes.

La CONSAR vigila que las Afores cumplan con las normas establecidas para garantizar que llegado el momento del retiro el trabajador tendrá asegurada su pensión.

La CONSAR tiene habilitado un Servicio de
Atención al Público vía telefónica, sin cargo alguno desde cualquier lugar del país, para recibir quejas y reclamaciones, sobre irregularidades en la operación y prestación de los servicios de las AFORES.

CUOTAS.

Contribución que hacen los afiliados a una organización. Apoyos que se conceden a organismos internacionales derivados de los convenios establecidos con otros países, así como a gobiernos extranjeros para apoyar principalmente situaciones de desastre.

TABLA DE CUOTAS.

DEPTO. DE PERSONAL,
DEPTO. DE RECURSOS HUMANOS,
DEPTO. DE NOMINAS.

Les comunicamos los nuevos TOPES DE COTIZACION, CUOTAS DE PAGO IMSS y SALARIOS MÍNIMOS que entrarán en vigor a partir del 1º de Enero de 2009:

SALARIOS MÍNIMOS

Salario Mínimo Zona “A”
54.80
Salario Mínimo Zona “B”
53.26
Salario Mínimo Zona “C”
51.95
Tope Enf. y Maternidad
1370.00
Tope Invalidez y Vida
1370.00
Tope R.T.
1370.00
Tope INFONAVIT
1370.00

CUOTAS IMSS

EG Cuota Fija
20.40
EG Prest. Especie Patrón
1.05
EG Prest. Especie Obrero
0.375
Exced. 3 SMDF PATRON
1.10
Exced. 3 SMDF OBRERO
0.40
EG Prest. Dinero Patrón
0.7
EG Prest. Dinero Obrero
0.25
Invalidez y Vida Patrón
1.75
Invalidez y Vida Obrero
0.625
Guarderías
1.00
Cesantía y Vejez Patrón
3.15
Cesantía y Vejez Obrero
1.125

Escrito por Fuente: IMSS

martes, 20 de enero de 2009

Con informes aportados por el departamento fiscal del IMSS (Instituto Mexicano del Seguro Social) las Cuotas Obrero Patronales seguiran siendo las mismas del año anterior aplicables al 2009, el Club Hipotecario les hará llegar información de cualquier cambio por medio de su Boletines enviados a Usuarios Registrados.

COTIZACIONES.

Se denomina cotización a las cuantías que los trabajadores ó empresarios (patrones) deben ingresar al estado en concepto de gravamen es el equivalente a los servicios que recibe.

Cotizar en el seguro de retiro.

CUOTAS Y APORTACIONES ramo retiro patrones

– 2% s. base de trabajador, cesantía y edad avanzada patrones y trabajadores
– 3.150 % y 1.125 %, el estado 7.143%, gobierno federal
-5.5% pensión garantizada es aquella k el estado asegura a quienes reúnan los requisitos señalado será el equivalente a un salario mínimo para el D.F.

APORTACIONES.

Recursos canalizados para crear o incrementar el patrimonio de ciertas entidades que laboran con fines de utilidad pública y cuyos ingresos son insuficientes para mantener sus servicios. Son los recursos (transferencias) que se otorgan a las unidades productoras de bienes y servicios, con la finalidad de financiar la adquisición de activos fijos, activos financieros, o apoyar la liquidación de pasivos.

Ahorrando para el Retiro

La preocupación por empezar a crear una estrategia que pueda ayudar a tener una mejor jubilación posible aún cuando falten muchos años para que llegue.

Cuando se tiene el tiempo para planear se considera que se tiene tres elementos importantes que cuidar:

a) La Elección de una Afore y Siefore Adecuada.
b) Un Plan de Ahorro Privado Adicional
c) Un Seguro de Retiro.

AHORRO EN LA AFORE.

No importa en qué Afore se esté, conforme al tiempo se sabrá si conviene cambiar por el servicio, las comisiones o los rendimientos. Lo irremediable es que con la Afore no será suficiente. Para las personas de ingresos medios o altos, el soporte que provee el Estado, en especial la Afore no cubre al individuo.

Lo importante es cuidar este dinero que se esta ahorrando mediante estrategias de maximización. Ya que muchas personas que les falte menos de 20 años para jubilarse podrán gozar una pensión del IMSS más una parte muy importante de la Afore en una sola exhibición.
PLAN PRIVADO DE PENSION.

Es un fondo personal donde se calcula lo necesario para que se pueda llegar a complementar la Pensión que por Ley se tiene derecho y el ahorro de la Afore.

Al ser un plan diseñado especialmente para los pensionados lo pueden hacer tan flexible como se desee, se puede tener su dinero a la vista y sacar en caso de alguna emergencia sin penalizaciones.

Este plan permite deducir impuestos hoy y pagarlos cuando se retire.

SEGURO DE RETIRO

Es una póliza contratada con una aseguradora de prestigio que otorga un seguro de Vida y juega con la probabilidad de sobre vivencia a una edad determinada, dando excelentes rendimientos a la fecha que se elija jubilarse.

Es un plan donde no podrá retirar sus aportaciones sino hasta el momento de tu jubilación.
Este plan permite deducir impuestos hoy y pagarlos cuando se retire.

CERCA DEL RETIRO

Recibir una pensión mensual bien calculada por el IMSS puede ser un tesoro si se es conciente de ello.

Se cree comúnmente:

Que el IMSS solo paga pensiones pequeñas.
Que el IMSS tiene su información actualizada y correcta.
Que el trámite es automático y sencillo
¿Cuándo conviene solicitarla a los 60 o 65 años?
Se dará una muy buena idea del dinero y las prestaciones que recibirá cuando se jubile.

Un ejemplo claro es:

Si se trabaja desde antes de 1997, hay buenas noticias para cuando se jubiles.
Recibir una pensión mensual por el resto de su vida es algo a lo que se tiene derecho si usted es de las personas que empezaron a cotizar al IMSS antes de 1997 y a cotizo al IMSS por al menos 10 años (500 semanas).

PENSION IMSS

Es una prestación en dinero que el IMSS paga de forma mensual y de forma vitalicia, hasta que se este vivo, el IMSS tendrá que darle su pensión cumpliendo ciertos requisitos.

Los requisitos indispensables son tener al menos 9 años y 7 meses cotizados ante el IMSS, tener como mínimo 60 años cumplidos y quedar privado de trabajo remunerado.

¿Qué otros elementos se utilizan para calcular mi pensión?

A) EDAD.
B) SEMANAS COTIZADAS.
C) PROMEDIO SALARIAL DE LOS ULTIMO 5 AÑOS.

EDAD

Sabemos que es indispensable contar con al menos 60 años cumplidos para poder tener derecho a la pensión. En la ley del IMSS se considera dos tipos de pensiones de acuerdo con la edad.

Pensión por Cesantía en Edad Avanzada si tu edad esta entre 60 y 54 años.

Pensión por Vejez si tu edad es de 65 años o más.

¿Cuál es la diferencia de una ú otra edad?

La ley del IMSS maneja un tabla donde se indican porcentajes. Aquí es importante aclarar que en la mayoría de los casos conviene jubilarse a los 60 años aunque el porcentaje es menor si se hace una proyección futura se podrá observar que son más las mensualidades que se cobran a que si uno se espera hasta los 65 años. Son 120 mensualidades al 75% que en la suma es más dinero que si se espera a los 65 años con una mensualidad al 100%.60 años 75% de la Pensión61 años 80% de la Pensión62 años 85% de la Pensión63 años 90% de la Pensión64 años 95% de la Pensión65 años o más 100% de la Pensión

SEMANAS COTIZADAS RECONOCIDAS.

El IMSS emite un documento que es llamado “Certificado de Derechos” en donde informa al asegurado las semanas que tiene reconocidas ante el IMSS, estas semanas son los periodos en los que uno trabajo a lo largo de su vida laboral. Este dato es fundamental ya que influye muchísimo en el cálculo de la pensión. Hay ocasiones en las que el IMSS no tiene reconocidas ciertos años de trabajo por ser anteriores a 1982 cuando los archivos todavía no eran electrónicos. Es importante que asesorarse para poder recuperar o verificar que estén todas las semanas cotizadas.

PROMEDIO SALARIAL DE LOS ULTIMO 5 AÑOS

El IMSS considera para efectos del cálculo de la pensión el salario promedio de los últimos 5 años, considerando un tope salarial dinámico que hoy es de 25 veces el SMGDF (Salario Mínimo General del DF que es de $1,577 que multiplicado por 25 veces nos da un total de $39,442.

Esto quiere decir que si tu ganas más de $39,442 pesos solo se te considera hasta este monto para el calculo de tu pensión.

Si ganaste menos de $39,442 se considera el promedio aritmético, ver ejemplos más adelante.

¿Cómo obtengo mi salario promedio de los últimos 5 años?

a)Gano más de $39,442 pesos al mes b)Gano menos de $39,422 pesos al mes
¿Por qué el Tope es Dinámico?

Cuando se realizo la reforma del IMSS en 1997 se estableció que el tope que en aquel tiempo era de 10 veces el SMGDF fuera incrementándose un SMGDF por año hasta llegar a 25 SMGDF en el 2007. Esto quiere decir que en 1998 el tope salarial era de 11 SMGDF, en el 2005 23 SMGDF, en el 2006 24 SMGDF.

Para efectos del cálculo del promedio salarial de los últimos 5 años si una persona gano los siguientes salarios así es como se debe calcular el promedio de los últimos 5 años.Año 2007 Sueldo $15,000 pesosAño 2006 Sueldo $14,000 pesosAño 2005 Sueldo $13,000 pesosAño 2004 Sueldo $12,000 pesosAño 2003 Sueldo $11,000 pesos
El promedio aritmético sería la suma de (15,000+14,000+13,000+12,000+11,000) dividido entre 5 lo que resultaría en $13,000 pesos
Para efectos del cálculo del promedio salarial de los últimos 5 años si una persona gano siempre arriba de los topes de la ley así es como se debe calcular el promedio de los últimos 5 años.Año 2007 Tope 24 SMGDFAño 2006 Tope 23 SMGDFAño 2005 Tope 22 SMGDFAño 2004 Tope 21 SMGDFAño 2003 Tope 20 SMGDFPara este calculo se necesitan los salarios vigentes de cada año y sus modificaciones en las fechas especificas por lo que el calculo es un poco más elaborado.

CALCULO DE PENSION

Calcular la Pensión IMSS, antes de solicitarla es un paso fundamental ya que en caso de no estar bien el cálculo de la pensión es prácticamente imposible corregirla ya que se requiere ir a un juicio laboral o presentar una inconformidad que puede tardar años.

Al tener el Calculo de la Pensión correcto sabrá cual es el monto de la pensión que el IMSS tiene que otorgar y no se deberá aceptar algo inferior.

Este servicio consiste en elaborar un Calculo Actuarial de Pensión del IMSS con las variables propias del caso para determinar cuál sería el monto de la pensión que correspondería, así como sugerir estrategias que puedan ayudarle para poder obtener una MEJOR PENSION por parte del IMSS.

EJEMPLO

Durante el proceso de Jubilación se incluye la Recuperación de todos los Saldos por parte de la AFORE y de la cuenta de Vivienda de INFONAVIT.

Estos fondos forman parte del Patrimonio al Jubilarse por lo que es importantísimo saber cuánto obtendrá y que sea correcto el monto que le entreguen. Las cantidades recuperados se entregaran en una sola exhibición.

Una vez que se emite la Resolución de Pensionado por parte del IMSS procedemos a recuperar los fondos correspondientes:

a) RECURSOS Y APORTACIONES AL INFONAVIT

Si no se ejercicio el Crédito INFONAVIT se gestiona la devolución de todas las aportaciones que hiciste al INFONAVIT.

Hay tres periodos de aportaciones que reclamar al INFONAVIT:

1.-Fondo de Ahorro 1972-19922.-SAR –INFONAVIT 1992-19973.-INFONAVIT 1997-2009 (SUBCUENTA VIVIENDA) Mediante un juicio laboral o demanda se reclama los recursos que se corresponden apegándose a la Jurisprudencia Vigente emitida por la Suprema Corte de la Nación.

¿Por qué el INFONAVIT no da todo lo que te corresponde?

Sucede que cuando se obtiene la Pensión por parte del IMSS el INFONAVIT hace un retiro de la Cuenta Individual enviándola al Gobierno Federal para financiar la Pensión que se otorga, pero si nunca se tuvo un crédito es Ilegal que tomen este dinero, ya que es tuyo, por lo que se tramita a devolución todo apegado a la ley.

El solicitar la devolución de los recursos de INFONAVIT 97 no afecta el monto de la pensión.

b) AFORE o CUENTA INDIVIDUAL

Hay dos periodos de aportaciones que reclamar a la Afore:

1.-SAR 2.-SUBCUENTA DE RETIRO

c) TIEMPOS DE RECUPERACIÓN DE LOS FONDOS

1.- 10 DIAS HABILES

SAR, SAR INFONAVIT Y RETIRO

2.- 30 DIAS HÁBILES

FONDO DE AHORRO

3.- 9 A 15 MESES

FONDO VIVIENDA INFONAVIT

Este proceso es el más tardado debido al juicio o demanda laboral que se interpone para su recuperación.

PENSIONARSE A LOS 60 O 65 AÑOS

En esta sección se analizar si es mejor pensionarse a los 60 años o después a los 61,62,63,64 o 65.
Si no ha definido una fecha para pensionarse en esta sección encontrará los elementos para tomar una decisión.

A la conclusión que llegaremos es que es mejor pensionarse a los 60 años que esperar más tiempo.

Antecedentes

La ley del IMSS 1973, nos dice que para solicitar una pensión por jubilación debemos tener como mínimo 60 años cumplidos.

En la Ley no existe la Jubilación obligatoria, será el trabajador el que decida iniciar los trámites para obtenerla escogiendo la edad.

Sabemos que de acuerdo a la edad hay una tabla en la Ley del IMSS que nos dice que de acuerdo a nuestra edad recibiremos diferentes porcentajes:

60 años 75% de la Pensión del IMSS61 años 80% de la Pensión del IMSS62 años 85% de la Pensión del IMSS63 años 90% de la Pensión del IMSS64 años 95% de la Pensión del IMSS65 años o más 100% de la Pensión del IMSS

EJEMPLO DE ARGUMENTOS POSITIVOS.

Supongamos el siguiente caso: Un trabajador tiene derecho a una pensión de $20,000. Esto quiere decir que si se jubila a los 60 años obtendrá una pensión de 75% de los $20,000, es decir, $15,000 pesos. Si suponemos que el trabajador cobrara su pensión hasta llegar a los 75 años que es la esperanza de vida del mexicano en promedio veamos cuanto cobró en total si se pensiona a los 60 años o a los 65 años.

A los 60 años:

Cobrará 12 mensualidades al año más una de aguinaldo, es decir, 13 mensualidades en el año. En los 15 años, es decir, de los 60 años a los 75 años habrá cobrado 195 mensualidades de $15,000 pesos que da un total de $15,000 x 195 = $2,925,000 pesos. Acordarse de este dato.

A los 65 años:

Cobrará 12 mensualidades al año más una de aguinaldo, es decir, 13 mensualidades en el año.En los 10 años, es decir, de los 65 años a los 75 años habrá cobrado 130 mensualidades de $20,000 pesos que da un total de $20,000 x 130 = $2,600,000 pesos.

Análisis del Ejemplo

A los 60 años el trabajador cobró $2,925,000 pesos v.s. $2,600,000 a los 65 años. Ven la diferencia son 16 mensualidades menos de $20,000 y disfruto su Jubilación 5 años antes.

Conclusiones:

1.- Si no te jubilas a los 60 años y decides esperarte uno o más años pierdes 13 mensualidades por cada año que pospongas tu jubilación en el IMSS. Aun con el aumento de 52 semanas más que es un impacto de 2.45% de incremento más un 5% de Inflación.

Bajo el ejemplo anterior Pensión a los 60 años $15,000

Edad
Pensión Mensual
Pensión Anual (13 Mens)
60 Años
$15,000
$195,000
61 Años
$17,110
$222,430
Diferencia
$2,110
$27,430

Ya no cobraste de los 60 a los 61 años $195,000 pesosPor lo que para recuperar esta cantidad deberás esperar 7 años, es decir, $195,000/$27,430 = 7 años

2.- Se beneficia al IMSS porque tendrá que pagarte menos ya serás más viejo.

3.- La empresa y el trabajador siguen pagando las Cuotas Obrero Patronales que son casí del 40% del salario que recibes.

4.- Los años que se deja de cobrar tu pensión los recuperas 7 años después por cada año que se posponga la Jubilación.

5.- Podría ser que para los 65 años ya no goces de la misma Salud que a los 60 años.

6.- Es posible que haya pros y contras según la experiencia de muchos de los clientes:

PROS Y CONTRAS

Se puede cobrar la pensión y además seguir trabajando por Honorarios.
Ya no se tiene las prestaciones que te la empresa
Doble Ingreso sin Retención de ISR en la Pensión
Un solo ingreso con Retención de ISR.
Puedes Bajar el Ritmo de Actividades
Debe cumplir con el Horario.

¿Qué sucede si antes de cumplir los 60 años se queda sin relación laboral?

Es importante tomar en cuenta que si ya está muy Cerca del Retiro y no está cotizando al IMSS de forma Obligatoria, es decir, mediante un trabajo remunerado o patronal. Debido a que ya no se encontro trabajo o está trabajando por cuenta pero cuentas con muchos años cotizados al IMSS en el pasado se deberá seguir los procedimeitos que se mencionan para poder conservar los derechos de poderte jubilar al cumplir los 60 años.

Al dejar de cotizar deja de sumar cotizaciones y hay que tener el cuenta el término “Conservación de Derechos”

La conservación de derechos según la Ley del IMSS de 1973 se define como un periodo de gracia que da la posibilidad de exigir tu pensión a los 60 años cuando dejaste de cotizar antes de cumplirlos.

¿Cómo funciona?

Por cada cuatro años que tu hayas cotizado al IMSS la conservación de derechos te da un 1 año de periodo de gracia. Para entender este concepto veamos un ejemplo:

Edad del Trabajador sin relación Laboral 55 años.Años cotizados al IMSS antes de perder su relación laboral 32 años.

Es común oír rumores entre las personas que podría solicitar su Pensión Anticipada, pero esto no es posible porque uno de los requisitos básicos es tener 60 años cumplidos.

¿Podrá el trabajador solicitar su pensión a los 60 años sin cotizar más?

Si debido a que la conservación de derechos le da 1 año de gracia por cada 4 que cotizo por lo tanto al haber cotizado 32 años esto le da una conservación de derechos de 8 años, se divide los años cotizados entre 4. Por lo tanto podrá pedir su pensión a los 60 años.

Ahora veamos la alternativa para que siga cotizando los próximos 5 años y pueda mejorar su Pensión.

Para seguir sumando cotizaciones, mejorar nuestro salario promedio y extender nuestra conservación de derechos, existe, La contribución Voluntaria al Régimen Obligatorio conocido como COVORO o MODALIDAD 40 “) donde se podrá cotizar mínimo, con el ultimo Salario Base de Cotización recibido y máximo, hasta 25 veces el salario mínimo actual de $54.80 pesos diarios, es decir, $41,100 pesos.

La cuota Obrero Patronal, que habrá que pagar mensualmente, es el 10.75% del Salario Mensual, que deseemos cotizar.

Para tener derecho de inscripción al COVORO o la Modalidad 40.

Debe hacerse antes de vencer 5 años, a partir de la fecha de baja del último patrón y tener como mínimo 52 semanas cotizadas en los últimos 5 años.

Mediante una asesoría y asistencia personalizada te ayudaremos a preparar un Proyecto para que puedas mejorar tu pensión utilizando los beneficios del Régimen de Continuación Voluntaria.
La Seguridad Social en México, no fue un movimiento aislado, como desde un principio se puede imaginar, al no conocer de éste.

Ni tampoco él la tonta idea al referirse a esta como un Instituto, o como la simple palabra seguridad hace y deja volar la imaginación, al referiste a ella como protección policíaca, o de medios de vigilancia.

A través, desde este pequeño análisis, podemos observar, que los ideales más puros de la Revolución Francesa y de la Revolución Mexicana, como el apego a la creencia de la igualdad del hombre, se busca la finalidad de que cada individuo encuentre en la comunidad los medios necesarios para su pleno desarrollo.

Por desgracia, la mala administración de los recursos aplicados para el sustento de ésta, como la descapitalización económica que sufre el país día con día, han hecho que el Instituto designado por la ley para esta labor, se encontrara hace unos meses trabajando en numero rojos, hoy en quiebra.

Un sistema ineficaz de pensiones, de administración de ellas y la mala planeación presupuestaria dentro del organismo, como un gran porcentaje de mexicanos y mexicanas, han dejado de estar formalmente captados por el IMSS, ya que las fuentes de empleo se van reduciendo; tomando opciones de subsistencia, como incorporarse al comercio informal, en el mejor de los casos, o caer en la migración al vecino país del norte en busca de mejores oportunidades, para ellos y sus familias.

El gobierno federal, observando atónito como el IMSS se hunde, con un sistema de AFORES in capaz de sacarlo de su déficit, o la ya inevitable privatización de la seguridad social en nuestro país.

Basándose en el modelo anglosajón, de manejo de ésta, con una economía, un estatus socio cultural, jurídico y político diferente (para citar ejemplos: El fracaso de la Reforma Educativa de 1994), es evidente que las pretendidas reformas a nuestra seguridad social, estaban destinadas a fracasar, ya que por las razones antes manifestadas y aunadas éstas, a la recesión económica mundial en aras de la la globalización, ningún sistema de seguridad social, menos él nuestro en las actuales condiciones pueden garantizar aquellos fines para los cuales fueron creados.

Tomando en cuenta que la Seguridad Social, viene de la mano con la Legislación Laboral cuyo objetivo principal es la Justicia Social, en palabras en castellano o de buen cristiano, el fin de la Ley Federal del Trabajo, como La del Seguro Social, es la Protección al trabajador y lo que está atrás de él, que es la "Familia" célula de nuestra sociedad, de la cual saldrán las futuras generaciones.

Pero ha nuestra desgracia o mala suerte, hemos dependido del paternalismo del gobierno en todos sus sentidos, ya sea estatal, federal o municipal, o quedamos resumidos que nuestra participación únicamente es dentro de los procesos electorales, al sufragar el voto, de quien va a tomar las decisiones, los próximos años.

Si no ciudadanizamos las instituciones que conforman nuestros niveles de gobierno y no empezamos a tomar conciencia del alcance de nuestras acciones en beneficio de la sociedad, no lograremos otro de los objetivos que persigue la seguridad social, que es resarcir de alguna manera lo que el trabajador aporta con el producto de su trabajo a la misma.

BIBLIOGRAFÍA

ORTIZ Escobar, Jorge.- Legislación Laboral y Seguridad Social.- Ed. SEC, Tercera Edición Xalapa, Ver. México 1998.
Legisgrafía
Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos, Ed. Pac. S.A. de C.V.,México D.F. 2009..
Ley del Seguro Social, , Ed. Pac. S.A. de C.V.,México D.F. 2009.
Web Sities
Páginas Consultadas el día 6 de julio de 2002
www.consar.go www.imss.gob.mx
www.oit.org.pe
www.oiss.org
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www.stps.gob.mx
www.tvazteca.com